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Medio: La Razón
Fecha de la publicación: domingo 30 de septiembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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En conferencia de prensa Revilla explicó que el viernes 28 de septiembre Sol.bo presentó un Recurso de Revisión Extraordinaria de la resolución por "varias irregularidades" y al existir un voto disidente de la presidenta de ese tribunal, Katia Uriona, cuya fundamentación plasmada en más de tres hojas explica el por qué se le debería entregar a ese frente la personería.
"Estamos pidiendo que se declare fundado nuestro recurso, se revoque la resolución del tribunal 062/2018 por el cual se nos ha rechazado nuestra personería jurídica y por supuesto se proceda a considerar estas firmas para que podamos alcanzar el número requerido. Claramente para nosotros se trata y lo hemos verificado de una decisión que atenta contra los derechos políticos de los ciudadanos que se han inscrito en Soberanía y Libertad y que tienen el deseo de formar un partido político nacional", aseveró el Alcalde.
Recordó que Sol.bo solo requería 100.228 firmas para obtener su personería, pero que del total de firmas entregadas el TSE solo estableció como válidas 68.728, además de observar una doble inscripción de militantes.
"Se ha observado que existen diferencias entre los registros de la corte y medios magnéticos que nosotros entregamos. Se entragaron 134.000 firmas al tribunal electoral, pero el tribunal solo habla de 130.000 firmas y las 4.000 nada sabe dónde están. Nosotros tenemos la constancia", remarcó.
Revilla precisó que en el Recurso de Revisión también se observó la fecha en la que se emite la resolución del TSE. "El informe de la Dirección de Tecnologías del tribunal ha sido emitido el 19 de septiembre a las 17.45; el informe de la Dirección Jurídica, el mismo día dos minutos después, a las 17.47. En cuestión de dos minutos se han emitido dos informes y se ha aprobado resolución lo cual nos parece también una irregularidad en todo el proceso", dijo.
La pasada semana, el vocal del TSE Antonio Costas explicó que la sala plena determinó no otorgar la personaría jurídica y el registro como partido político con ámbito nacional debido a que en la tramitación se detectó, fundamentalmente errores en los registros e incumplimiento en algunos aspectos formales, además de aspectos técnicos como el registro de las firmas. (30/09/2018)