Medio: El Mundo
Fecha de la publicación: domingo 30 de septiembre de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
El presidente de la SIP y director del diario peruano “La República”, Gustavo Mohme, indicó que la norma “es un nuevo atropello a las finanzas de los medios independientes” de Bolivia.
“Esta legislación mantiene la línea gubernamental de imponer y utilizar a los medios privados como un instrumento más para la ejecución de sus políticas y decisiones”, manifestó Mohme, según un comunicado de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP).
En el artículo 74 de la LOP, promulgada el 1 de septiembre, se establece que “en períodos electorales, los medios de comunicación audiovisuales e impresos que se habiliten para la difusión de propaganda electoral cederán gratuita y obligatoriamente al Órgano Electoral Plurinacional la misma cantidad de espacio y tiempo que éste les contrate para la implementación del fortalecimiento público”.
La ANP recordó que esta ley se suma a otros 12 estatutos que exigen a los medios de comunicación la difusión de campañas estatales gratuitas.
El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP y director del portal mexicano “La Silla Rota”, Roberto Rock, agregó que “esta es una nueva estocada contra la salud económica de los medios, especialmente para los periódicos al tener un espacio finito de publicación en comparación a medios electrónicos y digitales”.
Pues “a diferencia de la televisión y la radio, que usufructúan el espectro radioeléctrico como bien público, los periódicos no son un sujeto jurídico que puedan ser sometidos a este tipo de regulaciones, que (tienen) un carácter confiscatorio y marcarían un precedente funesto para la vida y la economía de la industria en Bolivia”, manifestó.
Desde 2010, las radios, canales de televisión, periódicos, revistas y portales de noticias están obligados a difundir de manera gratuita campañas de Gobierno.
La temática fue abordada en el marco del Día Internacional de Acceso a la Información que se celebró este 28 de septiembre.
Miralles señaló que una ley de acceso a la información pública permitiría prevenir hechos de corrupción en las entidades estatales.
“Una ley de acceso a la información pública es necesaria para poder prever casos de corrupción no sólo en el Órgano Ejecutivo, sino también en los órganos judicial y legislativo porque utilizan recursos públicos que son de todos los ciudadanos”, manifestó Miralles.
Recordó que ante la falta de una ley de esas características, existen la Constitución Política del Estado y la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz de lucha contra la corrupción que garantizan al ciudadano el acceso a la información pública que se encuentra en poder de las instituciones del Estado.
Por su parte, Marcos Loayza, coordinador de proyectos de la Fundación Construir, sostuvo que una de los objetivos que tienen las leyes de acceso a la información en otros países es la lucha contra la corrupción.
“Uno de los baluartes que tienen las leyes de acceso a la información es justamente la lucha contra la corrupción. Es decir, el ciudadano, al notarse empoderado por una norma, al ver que puede exigir información sobre presupuestos, sueldos, contrataciones, gastos y otros, decide realizar un control social. Seguramente que el momento en que exista esta ley, bajarán los índices de corrupción, no esperaremos que sólo los periodistas hagan denuncias sobre hechos de corrupción, los ciudadanos también podrían hacerlo”, dijo Loayza.
La abogada Susana Peñaranda es la proyectista del proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública que en su momento presentó la Asociación de Periodistas de La Paz al Congreso Nacional. Peñaranda coincidió que una normativa de estas características sería una buena contribución a la lucha contra la corrupción, puso como ejemplo el acceso que deberían haber tenido los ciudadanos desde mucho tiempo atrás a las cuentas bancarias de las autoridades de Estado.
“Hace muchos años que esa es información pública, porque desde la Ley Safco las autoridades estatales tienen la obligación de registrar, al asumir y al dejar el cargo, toda la información referida a su patrimonio y sus ingresos. No tienen que hacerlo por desprendimiento o buena voluntad, es por ley y obligación que tienen que hacerlo en su condición de servidores públicos, esto es de lo más normal en otros países de la región y de Europa”, dijo la abogada Peñaranda.