Medio: Jornada
Fecha de la publicación: viernes 28 de septiembre de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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La medida responde a la necesidad de agilizar el trámite para evitar que las partes abandonen la opción del divorcio notarial y se apersonen a los juzgados públicos en materia familiar, ya bastante congestionados de carga procesal.
Al respecto, la presidenta Gabriela Montaño aclaró las razones por las que el plazo de 90 días establecido para que una pareja confirme su deseo de divorciarse, se redujo a cinco: “Se cambia este plazo porque no tiene sentido que las personas tengan que esperar tantos meses cuando hay una decisión de mutuo acuerdo para llevar adelante el divorcio. Nuestra intención, como Estado, es acortar plazos y desburocratizar los trámites de la gente”, señaló.
Según la exposición de motivos, el índice de divorcios ha subido en Bolivia y el trámite de parejas sin descendencia ni patrimonio en común que desean desvincularse ante un Notario es mucho más sencillo que ante un juzgado familiar.
Los requisitos para optar por un divorcio notarial son: La existencia de consentimiento y mutuo acuerdo entre los cónyuges sobre la disolución del matrimonio; inexistencia de hijos producto de ambos cónyuges; inexistencia de bienes gananciales y la inexistencia de pretensión de asistencia familiar para ninguno de los cónyuges.