Medio: EJU TV
Fecha de la publicación: domingo 22 de marzo de 2026
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones subnacionales
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En las elecciones subnacionales de este 22 de marzo el sufragio para alcaldes no tiene programada una segunda vuelta como sucede con la votación para gobernadores.
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, aclaró que el sistema es diferente, puesto que el candidato que obtenga la mayor cantidad de votos —es decir, mayoría simple— será proclamado ganador, sin necesidad del balotaje.
Por lo tanto, el candidato ganador solo debe obtener un voto más que su inmediato seguidor para llegar a la silla edil.
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Efectivamente, el artículo 71 de la Ley 026 de Régimen Electoral establece que «las alcaldesas y los alcaldes se elegirán en circunscripción municipal».
«Serán elegidas y elegidos en circunscripción única municipal, por mayoría simple de votos válidos emitidos», señala la norma.
Concejales
El artículo 72 de la citada norma establece que «los concejales se elegirán en circunscripción municipal»
Además, se precisa que el número de concejalas y concejales se establecerá de acuerdo a los
siguientes criterios:
- Municipios de hasta 15.000 habitantes tendrán cinco concejales.
- Municipios de entre 15.001 y 50.000 habitantes tendrán hasta siete concejales.
- Municipios de entre 50.001 y 75.000 habitantes tendrán hasta nueve concejales.
- Municipios capitales de departamento y los que tienen más de setenta y cinco mil (75.000) habitantes tendrán hasta 11 concejales.



