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Medio: Asuntos Centrales
Fecha de la publicación: domingo 07 de septiembre de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Contenido
Luego de la transmisión de mando presidencial el siguiente 8 de noviembre; un día después como máximo, el 9 de noviembre el Tribunal Supremo Electoral realizará mediante la aprobación de una Resolución de Sala Plena, la convocatoria a las “Elecciones Subnacionales 2026” (120 días antes de la fecha de votación).
El próximo calendario electoral señalará como día de votación el domingo 8 de marzo de 2026, el día internacional de la mujer, y hasta la última actividad de entrega de credenciales será el 3 de mayo y la posesión de autoridades un día después el 4 de mayo, son los fechas clave del próximo calendario electoral; elijan o no los nuevos Vocales Electorales para el TSE y los TED’s.
Convocatoria sin necesidad de Ley
Establece el Art. 94.I de la Ley 026 – Del Régimen Electoral; que los procesos electorales de mandato fijo establecidos en la Constitución Política del Estado, es decir cumplidos los 5 años del periodo constitucional de mandatos de: Alcaldes, Concejales. Asambleístas Departamentales y Gobernadores; la convocatoria es automática sin necesidad de ley nacional. Es así que el Tribunal Supremo Electoral mediante Resolución de Sala Plena, convocará a este proceso eleccionario con una anticipación de por lo menos ciento veinte (120) días a la fecha de realización de la votación para elecciones de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales. Es así que El Tribunal Supremo Electoral o los Tribunales Electorales Departamentales, de manera inmediata probará y publicará el calendario electoral dentro de los diez (10) días siguientes de emitida la convocatoria, determinando las actividades y plazos de los procesos electorales, según mandato del Art. 97 de la Ley del Régimen Electoral.
Calendario 2026
El calendario electoral es un instrumento clave para la planificación y transparencia del proceso. Debe prever todos los aspectos contemplados en la Ley del Régimen Electoral, ya que refleja el nivel de organización del TSE y los TDE’s y, en consecuencia, influye directamente en la confianza de la ciudadanía en la institución electoral. La aceptación de los resultados dependerá, en gran medida, de la claridad y previsibilidad de ese calendario.
Propaganda Electoral
Dado que el país se ha encontrado en un contexto de electoralización desde 2024, es imprescindible que el calendario contemple reglas claras sobre la propaganda electoral. Es necesario establecer límites precisos para evitar excesos o infracciones que puedan derivar en sanciones conforme a la normativa vigente. Los Reglamentos de difusión y propaganda electoral deben ser aprobados de manera inmediata tras la ley de elecciones generales 2025.



