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Medio: Urgente BO
Fecha de la publicación: domingo 16 de noviembre de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Aprobada en el Senado, hasta el 19 de noviembre la ALP debe sancionar y el Ejecutivo debe promulgar la “Ley de elecciones subnacionales 2026” para q el Tribunal Supremo Electoral apruebe su Resolución de Sala Plena, e instruya a los TED’s departamentales las convocatorias municipales y departamentales (120 días antes de la fecha de votación).
Contenido
Esta semana será decisiva respecto del rol de la nueva Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) que demoró mucho en conformar: Bancadas, Directivas y Comisiones. Ojalá reconduzca su camino y priorice la agenda legislativa en virtud a las necesidades “de la patria”.
Tiene leyes inmediatas q sancionar: elecciones subnacionales, designación de Vocales para el TSE, abrogación de leyes incendiarias y abrogación de rentas vitalicias para ex presidentes y ex vicepresidentes.
Elecciones SubNacionales 2026
Aprobada en el Senado, hasta el 19 de noviembre la ALP debe sancionar y el Ejecutivo debe promulgar la “Ley de elecciones subnacionales 2026” para q el Tribunal Supremo Electoral apruebe su Resolución de Sala Plena, e instruya a los TED’s departamentales las convocatorias municipales y departamentales (120 días antes de la fecha de votación).
Establece el Art. 94.I de la Ley 026 - Del Régimen Electoral; que los procesos electorales de mandato fijo establecidos en la Constitución Política del Estado, es decir cumplidos los 5 años del periodo constitucional de mandatos de: Alcaldes, Concejales. Asambleístas Departamentales y Gobernadores; la convocatoria es automática sin necesidad de ley nacional. Es así que el Tribunal Supremo Electoral mediante Resolución de Sala Plena, convocará a este proceso eleccionario con una anticipación de por lo menos ciento veinte (120) días a la fecha de realización de la votación para elecciones de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales. Es así que El Tribunal Supremo Electoral o los Tribunales Electorales Departamentales, de manera inmediata probará y publicará el calendario electoral dentro de los diez (10) días siguientes de emitida la convocatoria, determinando las actividades y plazos de los procesos electorales, según mandato del Art. 97 de la Ley del Régimen Electoral.
Designación de vocales para el TSE
De los 7 Vocales que componen el TSE, 4 de ellos finalizan funciones este diciembre de 2025. Dos Vocales: Nelly Arista y Yajaira San Martín se quedan hasta el 2028 en virtud a su mandato constitucional de seis años que comenzó el 5 de octubre de 2022, fecha en que ambas autoridades fueron elegidas por la Asamblea Legislativa Plurinacional.
El Vocal presidencial (que considero una de las autoridades con más solvencia técnica electoral del TSE cesante), Gustavo Dávila, se queda en funciones efecto de su designación constitucional presidencial, y hasta que el Tribunal Constitucional diga lo contrario la normativa de su designación prevalece y surte eficacia jurídica. Otra posibilidad es q sea ratificado por el Presidente Rodrigo Paz.
Los Vocales: Oscar Hassenteufel, Nancy Gutiérrez, Tahuichi Tahuichi y Francisco Vargas; cesarán funciones en diciembre próximo demostrando, con los matices de sinuosos caminos, sus perfiles altamente técnicos. No fueron infalibles pero supieron recuperar aquello que se había perdido: la institucionalidad de un órgano de poder. Los tres Vocales que se quedan tienen el desafío de organizar las “Elecciones Subnacionales 2026” en todo el país a través de los Tribunales Departamentales. Son los nuevos Asambleístas en el Legislativo que deben designar antes del 19 de diciembre el restante de cuatro Vocalías.
Abrogación de leyes incendiarias
“Bolivia Verifica”; realizó un listado pertinente en una reciente investigación realizada. Identifican 11 normas incendiarias en el país, 9 leyes y 2 decretos supremos:
1.- Ley 337 de 2013 de apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques.
2.- Ley 502 de 2014, referida a la ampliación devl plazo y modificaciones a la Ley 337
3.- Ley 739 del 29 de enero de 2015, que modifica la 337 y la 502.
4.- Ley 952 del 26 de mayo de 2017.
5.- Ley 740 de ampliación del plazo de verificación de la función económica social.
6.- Ley 741 de 2015 sobre autorización de desmonte de hasta 20 hectáreas para pequeñas propiedades y propiedades comunitarias o colectivas para actividades agrícolas y pecuarias.
7.- Ley 1098 que establece el marco normativo para la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de aditivos de origen vegetal.
8.- Ley 1171 de 2019 de uso y manejo racional de quema.
9.- Ley 1700 del 12 de julio de 1996
Y los Decretos Supremos:
1.- Decreto Supremo 3874 de 2019 autoriza al Comité Nacional de Bioseguridad establecer procedimientos abreviados para la evaluación, por ejemplo de la soya, como componente transgénico.
2.- Decreto Supremo 3973 de 2019 que modifica el Decreto Supremo 2675, cuyo fin es autorizar el desmonte a favor de la actividad agropecuaria en los departamentos de Beni y Santa Cruz.
Abrogación de rentas vitalicias
Actualmente son 27.500 Bs. mensuales, q según Ley Nº 376 de 15 de mayo de 2013 reciben 7 ex presidentes y 3 ex vicepresidentes de Bolivia. Hay siete expresidentes vivos en Bolivia: Guido Vildoso Calderón (presidente no constitucional), Jaime Paz Zamora, Jorge Tuto Quiroga, Carlos Mesa Gisbert, Eduardo Rodríguez Veltzé, Evo Morales Ayma y Luis Arce Catacora. Además, hay tres exvicepresidentes vivos: Víctor Hugo Cárdenas, Álvaro García Linera y David Choquehuanca.
Sin “Lucho y David” al día de hoy todos ellos cobran un total anual de: 2.640.000 Bs. Cuando así lo soliciten tb recibirán sus rentas: Luis Arce, David Choquehuanca y Jeanine Añez (aunq no ejerció por sucesión constitucional), el monto ascenderá a: 3.630.000 Bs. por cada año. Todos ellos por trabajar en la Presidencia del país entre 11 meses y 5 años de mandatos entre legales e inconstitucionales y cuando por tres de ellos el pueblo jamás votó para elegirlos en el cargo.
Nuestros maestros jubilados rurales (según datos oficiales del 2018) en promedio por 35 años de servicio reciben un poco más de 3200 Bs al mes, y nuestros abuelos sin jubilación reciben apenas un bono de 350 Bs. En crisis económica debería eliminarse este beneficio de los ex Presis y Vices.




