Medio: Opinión
Fecha de la publicación: jueves 16 de octubre de 2025
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Procesos contra autoridades electas
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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“De la revisión del cuaderno de investigaciones se tiene que la misma se ha apersonado formalmente, por tanto, se deja sin efecto el mandamiento de aprehensión de fecha 11 de septiembre de 20025 en contra de la señora Eva Copa Murga. En consecuencia se ordena la devolución del referido mandamiento al profesional abogado Ramiro Paz Carrillo, debiendo proceder a su entrega formal en oficina del Ministerio Público, bajo constancia”, señala el fiscal Jorge Viscarra Sánchez.
Eva Copa, aclaró este jueves que su administración no autoriza construcciones en el municipio de Achocalla respecto de una presunta orden para que declare en calidad de testigo sobre un hecho que sucedió en 2024.
“(Es) un hecho que pasó en Achocalla por un tema de autorización de construcción. Nosotros no podemos autorizar construcciones en Achocalla porque no somos autoridades de Achocalla es algo irracional", dijo la autoridad.



