Medio: Opinión
Fecha de la publicación: martes 22 de julio de 2025
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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“Se acaba de denegar la acción popular solicitada por no haber encontrado derechos y garantías constitucionales que merezcan protección al no ser derechos difusos o colectivos”, aseveró Charles Mejía, quien presidía la audiencia.
La acción popular fue presentada interpuesta por Marlene María Sierra Terán, quien apeló a la aplicación de la Sentencia Constitucional 0007/2025 y el Auto 0083/2024, las mismas que no permiten una segunda reelección para cargos electivos.
De esta manera, el recurso buscaba inhabilitar las candidaturas de: Andrónico Rodríguez (Alianza Popular) y Rodrigo Paz (PDC), además de los alcaldes y postulantes presidenciales: Eva Copa (Morena), Manfred Reyes Villa (APB-Súmate) y Jhonny Fernández (La Fuerza del Pueblo).
Hoy, la resolución dictada será notificada a las partes del caso, añadió Mejía a tiempo de reiterar sus críticas al Consejo de la Magistratura que habría pretendido ingresar a la Sala Constitucional con el objetivo de intervenirla.
“Vamos a seguir denunciando porque no puede amedrentarse de esa forma el Órgano Judicial”, añadió.
DENUNCIA
Antes, el TDJ del Beni, ente que este lunes debía tratar la acción popular contra al menos cinco candidatos presidenciales que ejercieron cargos electivos por más de dos períodos a las 10.00, denunció, a través de una nota formal enviada al presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Romer Saucedo, la “violación a la independencia judicial”.
La misiva, firmada por los vocales de la Sala Constitucional Primera del TDJ de Beni, Marco Antonio Justiniano y Charles Mejía, daba cuenta que la audiencia de acción popular que debía tratarse hoy fue “intervenida” por funcionario del Consejo de la Magistratura con “la única y clara intención de que se suspenda la audiencia”.



