Medio: El Periódico
Fecha de la publicación: martes 26 de agosto de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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En medio de la controversia desatada por la instrucción de verificar las situaciones procesales de tres líderes opositores recluidos (Luis Fernando Camacho, Marco Pumari y Jeanine Añez), este lunes, el presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Romer Saucedo, instruyó a los Tribunales Departamentales de Justicia la realización de “jornadas de verificación del cumplimiento de la medida cautelar personal de detención preventiva”.
En concreto, Saucedo instruyó a todas las autoridades correspondientes “procedan a la organización de jornadas de verificación del cumplimiento de la medida cautelar personal de detención preventiva en todos los procesos a cargo de cada juzgado y/o tribunal de cada distrito”.
De acuerdo con la instrucción, dichas jornadas “deberán ser coordinadas con el Ministerio Publico, Servicio Plurinacional de Defensa Pública, Direcciones Departamentales de Régimen Penitenciario y todas las instituciones públicas o privadas que se consideren necesarias para el éxito de lo encomendado”.
MOLESTIA DE RECLUSOS
La medida fue adoptada luego de que reclusos de diferentes centros penitenciarios expresaron su molestia porque el Tribunal Supremo de Justicia dispuso el pasado viernes la revisión de los casos de Camacho, Pumari y Añez, quienes están detenidos por los hechos del 2019.
Este lunes, treos de la cárcel de San Pedro piden igualdad de derechos en relación con la revisión de procesos penales contra Luis Fernando Camacho, Marco Pumari y Jeanine Añez. Realizan una protesta en puertas de la cárcel con pancartas y un mitin de protesta.
En ese contexto, Saucedo instruyó que las mencionadas jornadas “deberán cumplirse en todos los recintos penitenciarios y/ carceletas del país donde se encuentren privados de libertad
En caso de haberse dispuesto la medida excepción de detención preventiva para su cumplimiento en un lugar distinto a la radicatoria del proceso se deberá ordenar el traslado correspondiente del detenido o en su defecto y de manera excepcional el uso de medios virtuales tecnológicos”.



