Medio: El Diario
Fecha de la publicación: viernes 15 de agosto de 2025
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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La Gobernación de La Paz emitió el Decreto Departamental 178 que dispone el Auto de Buen Gobierno en el departamento, mismo que regirá desde las 00:00 de hoy hasta el mediodía del lunes 18 de agosto. En ese lapso se prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas, el porte de armas punzocortantes, la realización de reuniones o fiestas y los vuelos nacionales e internacionales.
Asimismo, se enfatizó que están prohibidas las actividades públicas y privadas y los viajes terrestres, lacustres y aéreos.
“Ustedes mismos saben que hay lugares alejados de las provincias, tiene que traer todo el material electoral, por eso damos ese plazo”, sostuvo el gobernador paceño, Santos Quispe, a tiempo de asegurar la presencia de un equipo de emergencia de la Gobernación, para atender a la población este domingo 17.
DECLARATORIA
“El Auto de Buen Gobierno, dentro de la jurisdicción del Departamento de La Paz (rige) desde las cero (00:00) horas del día viernes 15 de agosto de 2025, hasta las doce (12:00) horas del día lunes 18 de agosto de 2025, con la finalidad de establecer medidas para resguardar y garantizar el normal desarrollo de las elecciones de autoridades y representantes del Estado Plurinacional de Bolivia – 2025”, señala el documento.
En ese tiempo, queda prohibido expender o consumir bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento público o privado.
Tampoco se puede portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes, y peligrosos para la seguridad de las personas. No están comprendidas en esta prohibición las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
Asimismo, está prohibido realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo. El traslado de electores de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte. En caso de presentarse este hecho se remitirán antecedentes al Ministerio Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 238, inciso i) de la Ley N° 026, Ley del Régimen Electoral.
También se prohíbe la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de servicio público, con excepción de aquellos que exhiban la autorización extendida por Tribunal Supremo Electoral o tribunales electorales departamentales. Quedan exentos de esta prohibición los vehículos de la Policía Boliviana y de las Fuerzas Armadas.
Están prohibidos los vuelos nacionales y los viajes interdepartamentales e interprovinciales, con exclusión de los viajes que realicen los servidores públicos del Órgano Electoral o de las FFAA.
Además, desde las cero horas del jueves 14 hasta las 18:00 horas del domingo 17, queda prohibida cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a una de las candidaturas.
Asimismo, con la finalidad de resguardar y garantizar el desarrollo de las elecciones, se dispone que desde las 00:00 horas hasta las 24:00 del domingo 17, la suspensión del servicio de las líneas del Teleférico, transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo en toda la jurisdicción del Departamento de La Paz.
En caso de incumplimiento de alguna de las prohibiciones dispuestas, se aplicará las sanciones y multas correspondientes, que deberán ser depositadas en las cuentas fiscales del Órgano Electoral Plurinacional.



