Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: viernes 01 de diciembre de 2017
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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"Ya se ha aplicado el resultado del referendo (…). Si no se hubiera respetado ese resultado la Asamblea hubiera hecho una reforma parcial de la Constitución y no lo ha hecho", dijo, citada en ABI.
Montaño aclaró que el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP); que permite la repostulación del presidente, Evo Morales, ademas de autoridades nacionales y subnacionales; no afecta a los resultados del referendo del 21 de febrero como dice la oposición.
"Hemos ido por otra vía que no tiene que ver con la reforma parcial de la Constitución, hay una aplicación preferente que no es lo mismo, la sentencia constitucional establece que hay una aplicación preferente señala los artículos de la Constitución y señala que se ha declarado inconstitucional ciertas frases de ciertos artículos de la ley de régimen electoral, ahí no tenemos nada más hacer en relación a eso", complementó.
El martes, el TCP declaró procedente la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta, presentada por el Movimiento Al Socialismo (MAS), que habilita al presidente Evo Morales y al vicepresidente Álvaro García Linera para la repostulación indefinida, al igual que a otras autoridades.
Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 52 de la Constitución Política del Estado (CPE) en la expresión "por una sola vez de manera continua" y de los 64, 65, 71 y 72 de la Ley del Régimen Electoral Nº 026 en el enunciado "de manera continua por una sola vez".