Medio: El Deber
Fecha de la publicación: viernes 15 de agosto de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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A menos de dos días de las elecciones nacionales, previstas para el 17 de agosto, las autoridades nacionales y departamentales han aplicado medidas para garantizar que el sufragio se desarrolle de manera segura. El Órgano Electoral Plurinacional, mediante la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0428/2024, estableció sanciones a nivel nacional por faltas cometidas por ciudadanos, jurados electorales, notarios e incluso servidores públicos.
Contenido
Las multas por estas infracciones pueden llegar hasta Bs 1.250, por lo que, se recomienda a la población tomar las precauciones necesarias para cumplir con la normativa electoral.
Sanciones para los ciudadanos
- Los ciudadanos que no voten el día de la elección o no exhiban el certificado de sufragio como único documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto dentro de los noventa (90) días siguientes a la elección, multa equivalente al 20% del salario mínimo (Bs 500).
- Los ciudadanos que incumplan resoluciones electorales multa equivalente al 20% de un salario mínimo (Bs 500).
- Los ciudadanos que impidan u obstaculicen por cualquier medio la representación que deban hacer ciudadanos inhabilitados, ante la autoridad electoral competente para su habilitación, multa equivalente al 20% de un salario mínimo (Bs 500).
- Los ciudadanos que no se inscriban en el Padrón Electoral o se inscriban proporcionando datos incompletos, multa equivalente al 10% de un salario mínimo (Bs 250).
- Los ciudadanos que circulen en vehículos motorizados el día de la elección, sin la autorización respectiva, multa equivalente al 20% de un salario mínimo (Bs 500).
- Los funcionarios de entidades financieras que no exijan el certificado de sufragio en los casos establecidos por la Ley, dentro de los noventa (90) días siguientes a los comicios multa equivalente al 20% de un salario mínimo (Bs 500).
Sanciones para los jurados electorales
- Los Jurados Electorales que no asistan a las Juntas de Jurados, multa equivalente al 5% de un salario mínimo (Bs 125).
- Los Jurados Electorales que se ausenten temporalmente de la mesa de sufragio sin autorización de la Presidencia de mesa, multa del 30% de un salario mínimo (Bs 750).
- Los Jurados Electorales que no devuelvan el material previsto en los sobres de seguridad a los Notarios Electorales, o no lo hagan oportunamente, multa equivalente al 30% de un salario mínimo (Bs 750).
- Los Jurados Electorales que no cumplan con los horarios establecidos para la apertura y cierre de la mesa de sufragio, multa equivalente al 30% de un salario mínimo (Bs 750).
Estas son las sanciones marcadas como "graves" para los jurados electorales.
- Los Jurados Electorales que se nieguen a firmar el acta electoral, o consignar los resultados y las observaciones presentadas, multa equivalente al 50% de un salario mínimo (Bs 1.250).
- Los Jurados Electorales que injustificadamente no asistan o abandonen la mesa de sufragio, multa equivalente al 50% de un salario mínimo (Bs 1.250)
- Los Jurados Electorales que omitan proporcionar información inmediata a Notarios Electorales sobre violaciones a las normas electorales, multa equivalente al 50% del salario mínimo (Bs 1.250)
Sanciones para los notarios electorales
- Los Notarios Electorales que no asistan a la organización de los Jurados de mesas de sufragio, multa equivalente al 50%
de un salario mínimo (Bs 1.250). - Los Notarios Electorales que no apoyen en la capacitación de los Jurados, o no brinden apoyo a las autoridades de
la mesa de sufragio el día de la votación, o eludan capacitar a los nuevos jurados designados el día de la votación, multa equivalente al 50% de un salario mínimo (Bs 1.250) . - Los Notarios Electorales que omitan realizar los reportes y demás acciones en los sistemas de monitoreo asignados, multa equivalente al 50% de un salario mínimo (Bs 1.250).
- Los Notarios Electorales que no distribuyan oportunamente el material electoral a las mesas de sufragio, multa equivalente al 50% de un salario mínimo (Bs 1.250).
Sanciones para los servidores públicos
- Los servidores públicos que no exijan el certificado de sufragio en los casos establecidos por la Ley dentro de los noventa (90) días siguientes a los comicios, multa equivalente al 20% de un salario mínimo (Bs 500).
- Los servidores públicos que el día de la elección circulen en vehículos públicos, sin la autorización respectiva, multa equivalente al 20% de un salario mínimo (Bs 500).