Medio: VISION 360
Fecha de la publicación: jueves 14 de agosto de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Una resolución de la sala plena del TSE establece que se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas (a partir de las cero horas del viernes 15), portar armas, la instalación de reuniones o espectáculos públicos, así como el traslado de electores.
Además, durante la jornada de votación solo podrán circular vehículos con la autorización otorgada por los Tribunales Electorales Departamentales.
Las nueve gobernaciones del país aprueban normativas para ratificar estas disposiciones con el objetivo de prevenir incidentes que puedan afectar el normal desarrollo del proceso electoral.
El TSE exhortó a la ciudadanía a “cumplir con las disposiciones y participar de manera responsable en el proceso electoral, contribuyendo así al fortalecimiento de la democracia en el país”.
Estas son las restricciones electorales:
1. Prohibición de propaganda electoral
Desde las 00.00 de este jueves 14 de agosto hasta las 18.00 del domingo 17 queda prohibida toda manifestación pública de apoyo o rechazo a candidaturas, en cualquier formato o medio de comunicación, inclusive en las redes sociales.
2. Restricción de consumo de alcohol
Desde las 00.00 del viernes 15 hasta las 12.00 del lunes 18 de agosto no se podrá vender ni consumir bebidas alcohólicas en domicilios, tiendas, restaurantes, hoteles, cantinas u otros establecimientos públicos o privados.
3. Prohibición de portar armas
Durante toda la jornada electoral del domingo 17 de agosto queda prohibido portar armas de fuego, armas blancas o cualquier objeto que represente un peligro para la seguridad ciudadana.
Esta disposición no incluye a las Fuerzas Armadas ni a la Policía, que estarán a cargo de la seguridad y el resguardo en el proceso electoral.
4. Suspensión de reuniones y espectáculos
Desde las 00.00 hasta las 24.00 del día de las elecciones no se podrán realizar actos públicos, reuniones o espectáculos de ninguna índole. entre ellos fiestas familiares o patronales, además de shows musicales.
5. Prohibición de traslado de electores
Durante el día de la elección queda prohibido trasladar votantes de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte.
Cualquier caso detectado será remitido al Ministerio Público, en aplicación del artículo 238, inciso i) de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026).
6. Restricción vehicular
Se restringe la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de transporte público, durante toda la jornada electoral.
Además, se suspende el servicio del teleférico en La Paz y todos los servicios de transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo en todo el país.
Las contravenciones a estas disposiciones están sujetas a multas, sanciones que serán impuestas por los jueces electorales.



