Medio: El Diario
Fecha de la publicación: martes 12 de agosto de 2025
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Como efecto de una acción presentada por el expresidente de la Cámara de Diputados, Israel Huaytari, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), a través de la sentencia constitucional 40/2025, determinó que, a partir de las próximas elecciones generales, los binomios que postulen a la presidencia deben cumplir con principios de paridad.
Durante un acto en instalaciones de la Universidad Pública de El Alto, miembros del TCP procedieron con la presentación de la resolución en la que se establece la obligatoriedad de cumplir con criterios de paridad y equidad de género en binomios presidenciales a partir de los comicios 2030.
Gonzalo Hurtado, presidente del TCP, aseguró que se trata de una “decisión histórica” con la que se marcará un antes y un después en los derechos de las mujeres que participan en política.
“A través de la presente sentencia constitucional, se ha determinado que la paridad de género se aplique absolutamente en todos los cargos, incluyendo los candidatos a la presidencia y vicepresidencia a partir de las próximas elecciones (2030)”, explicó el magistrado.
Por su parte, el decano del TCP, Yván Espada, destacó que, si bien la paridad de género ya se aplica en el caso de las listas para asambleístas, estos criterios se ampliarán desde las elecciones 2030 a los binomios presidenciales que cada organización política presente para participar de comicios generales.
“Desde la próxima elección nacional, si la candidatura a la presidencia es de varón, la candidatura a la vicepresidencia debe ser de mujer; y viceversa si la candidatura a la presidencia es de mujer, la candidatura a la vicepresidencia tiene que ser de varón», explicó Espada, reiterando que el actual proceso electoral está totalmente garantizado.
En la actualidad, se permite que los binomios presidenciales sean integrados por dos varones, puesto que la Constitución no obliga a aplicar la paridad en esta lista, sin embargo, ese criterio cambia con la nueva sentencia.



