Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: miércoles 09 de julio de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió ayer, por segunda vez, inhabilitar la postulación de Jaime Dunn como candidato presidencial por la alianza Nueva Generación Patriótica (NGP).
La decisión fue tomada tras un nuevo análisis sobre su situación fiscal, a un mes y una semana de llevarse a cabo las elecciones nacionales.
El vocal del TSE, Gustavo Ávila, señaló que un recurso de revisión extraordinaria no puede ser utilizado para intentar subsanar un requisito que no ha cumplido un candidato, en referencia a la inhabilitación de Jaime Dunn.
“La Sala Plena entiende en realidad que el recurso de revisión extraordinaria no puede ser utilizado para intentar subsanar un requisito que no ha cumplido un candidato. Por lo tanto, con base en estos argumentos, hemos decidido declarar improcedente este recurso. Principalmente protegiendo el principio de preclusión en el proceso electoral”, señaló el vocal.
Dunn había presentado un recurso de impugnación con miras a que se proceda con una revisión extraordinaria a su inhabilitación, señalando que cuenta con el respectivo certificado de solvencia fiscal.
Asimismo, el vocal manifestó que la fecha máxima para sustituir candidatos por renuncia era el 3 de julio; sin embargo, la propia organización política ha decidido inscribir a este candidato en fecha 25 de junio, entendiendo que Dunn debería haber tenido al día todos los requisitos exigidos.
Otro principio que se preserva con esta resolución es el principio de igualdad, según Ávila, al recordar que todos los candidatos presidenciales, en fecha 19 de mayo, han cumplido todos los requisitos y por eso han sido habilitados, al igual que todos los candidatos que fueron sustituidos por renuncia.
“No se encuentra un fundamento para que, a través de un recurso de revisión extraordinaria, se pretenda subsanar requisitos que no se hubieran cumplido en la fecha 25 de junio”, matizó Ávila. “Si nosotros, como TSE, realizamos una ampliación o modificación del calendario, estaríamos primero vulnerando el principio de preclusión y segundo vulnerando el principio de igualdad”, agregó.
El vocal dijo que las propias organizaciones políticas son las que deciden sustituir a sus candidatos inhabilitados y sustituir a sus candidatos que presentado su renuncia.