Medio: El Diario
Fecha de la publicación: miércoles 09 de julio de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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A través de una misiva, el presidente de Tribunal Supremo Electoral (TSE), Óscar Hassenteufel, respondió a los requerimientos de Evo Morales, ratificando que el líder cocalero está inhabilitado de poder participar de las elecciones generales 2025 y tampoco puede recuperar el control de la sigla política del Movimiento al Socialismo (MAS), como había solicitado anteriormente.
Ayer, se hizo público el contenido de la carta remitida por la autoridad electoral al jefe de la organización política “Evo Pueblo”, en esta, se recuerda que el TSE es un órgano colegiado con una presidencia que expresa las determinaciones asumidas por los miembros de su Sala Plena.
En ese marco, Hassenteufel puntualizó que las peticiones de Morales respecto a medidas para “restaurar la democracia plural, participativa, legal y legitima” deben cumplir con la normativa vigente y los procedimientos establecidos para cada caso.
La autoridad electoral aseguró que, en el caso del pedido para la restitución de la Dirección Nacional del MAS-IPSP, existe una sentencia constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en la que se resuelve “revocar” una resolución emitida en este sentido en diciembre de 2024, y confirma otra en la que se concede tutela y reconocen como válidos todos los actos del Congreso Nacional Ordinario del MAS, llevado adelante en El Alto del departamento de La Paz en mayo de 2024, evento convocado por las organizaciones fundadoras de este instrumento político.
“El TSE, en atención a la Sentencia Constitucional Plurinacional 0776/2024-S4 de 14 de noviembre de 2024 (…) instruyó a Secretaría de Cámara del Tribunal Supremo Electoral el registro de las determinaciones adoptadas en el Congreso Nacional Ordinario del partido político Movimiento al Socialismo-Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos realizado los días 3, 4 y 5 de mayo de 2024”, aclaró.
Asimismo, en relación a la petición de cumplir y hacer cumplir una resolución que nada restituir la personería jurídica de PAN-Bol, se recordó que existe un Auto Constitucional emitido por el TCP, con el que se mantiene vigente la resolución que dispuso la cancelación de la personalidad jurídica de la organización política “Partido de Acción Nacional Boliviano”, hasta que se dicte una sentencia en revisión de la causa.
“Por mandato del artículo 203 de la Constitución Política del Estado, ‘las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ulterior alguno’. En ese marco, el TSE debe cumplir lo dispuesto por Sentencias y Autos Constitucionales, por lo tanto, no es posible dar lugar a las peticiones formuladas en los puntos 1 y 2 de la solicitud”, agrega la nota.
Finalmente, en el tema del pedido para que se respete la decisión soberana de las bases “evistas” para permitir una candidatura presidencial representada por Evo Morales, el presidente del TSE precisó que en los registros del ente electoral no existe una organización denominada “Instrumento Político Evo Pueblo”, ni se presentó oficial y legalmente la candidatura del líder cocalero, por lo que no se emitió ninguna resolución al respecto.
Las anteriores aclaraciones surgen como respuesta a la carta remitida por Evo Morales al TSE la semana pasada, con el objetivo de inscribir su candidatura para participar de las elecciones presidenciales, respetando la supuesta “decisión soberana de las bases que demandan habilitar su candidatura como expresión legítima y legal de su instrumento político”.