Medio: El Diario
Fecha de la publicación: martes 01 de julio de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Respondiendo a las acusaciones de la diputada de Comunidad Ciudadana (CC), Luciana Campero, respecto a la inhabilitación de su candidatura en el presente proceso eleccionario, desde el Tribunal Supremo Electoral (TSE) se aclaró que esta determinación responde al incumplimiento del artículo 238 de la Constitución Política del Estado (CPE) en lo referido a la no presentación de una declaración jurada.
La Secretaría de Cámara del TSE puntualizó que la inhabilitación de la ciudadana Luciana Campero Chávez como candidata a senadora por el departamento de Tarija se debe a la no presentación de la declaración jurada notarial que afirma no estar comprendida en los casos de prohibición de incompatibilidad e inelegibilidad establecidos en la Constitución Política del Estado.
Según el artículo 238 de la Ley Fundamental, no podrán acceder a cargos públicos electivos aquellas personas que incurran en causales de inelegibilidad como haber ocupado u ocupar cargos directivos en empresas o corporaciones que tengan contratos o convenios con el Estado, y no hayan renunciado al menos tres meses antes al día de la elección; quienes hayan ocupado cargos directivos en empresas extranjeras transnacionales que tengan contratos o convenios con el Estado, y no hayan renunciado al menos cinco años antes; quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre nombramiento, que no hayan renunciado al menos tres meses antes, excepto el Presidente y el Vicepresidente; miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía en servicio activo que no hayan renunciado al menos tres meses antes; ministros de cualquier culto religioso que no hayan renunciado al menos tres meses.
El documento que acredita no estar comprendido en estas causales de inelegibilidad es la “declaración jurada notarial”.
En esa línea, el TSE ratificó que el procedimiento de revisión de requisitos para la habilitación de candidaturas rumbo a las Elecciones Generales 2025 se realizó en estricto cumplimiento de la normativa electoral, con imparcialidad, transparencia e igualdad.
La semana pasada, Campero había denunciado que el TSE inhabilitó su candidatura a primera senadora por Tarija en representación de la alianza Libre por no haber renunciado a su cargo como diputada.