Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: lunes 30 de junio de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aclaró que la inhabilitación de la diputada opositora Luciana Campero como candidata a senadora por Tarija se debe a que no presentó la declaración jurada notarial que exige el artículo 238 de la Constitución. Según un comunicado, este documento es indispensable para acreditar que no se incurre en causales de inelegibilidad.
Dicha norma constitucional prohíbe el acceso a cargos públicos electivos a quienes, como diputados en ejercicio, no renunciaron a su puesto tres meses antes de la elección.
Días atrás, Campero CC denunció que su postulación como primera senadora por la alianza Libre fue inhabilitada por no presentar “el requisito 9, que es la renuncia al cargo”.
El TSE precisó que la revisión de requisitos se cumple con imparcialidad y apego a la ley.