Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: lunes 10 de septiembre de 2018
Categoría: Organizaciones Políticas
Subcategoría: Democracia interna y divergencias
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Las alianzas para candidaturas en el ámbito presidencial y vicepresidencial son obligatoriamente previas a la realización de las elecciones primarias, sostuvo ayer la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño.
“Si existiera alguna alianza posterior a la realización de las elecciones primarias no podría modificar las candidaturas presidencial y vicepresidencial, simplemente podría darse a nivel de candidaturas de diputaciones y senadurías en el caso de las elecciones generales”, declaró a los periodistas.
De acuerdo con el inciso a) del artículo 51 de la mencionada norma, quienes opten por el binomio presidencial deberán registrarlo al menos 90 días antes de la realización de la elección primaria.
Sobre el alcance de las alianzas, la norma establece que podrán realizarse entre partidos políticos y agrupaciones ciudadanas, siempre y cuando uno de los que participa en el acuerdo sea partido político de alcance nacional.
En el parágrafo II del artículo 49 se menciona que las alianzas podrán ser conformadas por al menos nueve agrupaciones ciudadanas de alcance nacional.
Montaño dijo que la Ley 1096 establece plazos sobre la convocatoria, que de acuerdo con la norma son 100 días antes de la realización de las primarias, además para que las organizaciones políticas puedan presentar su actualización del padrón de militantes y los tiempos para que los partidos presenten sus personerías jurídicas.