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Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: jueves 06 de septiembre de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Manifestando respeto a la democracia, quienes hoy gobiernan pidieron al pueblo soberano que decida si se mantiene o se anula la regla de mandato presidencial improrrogable. Ante dicha consulta, fue emitida la decisión en sentido de que al respecto no se efectúe cambio alguno. Las autoridades gubernamentales rechazaron ese pronunciamiento, y lograron que un sumiso tribunal constitucional declare que la pretensión de gobierno vitalicio es viable bajo manto de acuerdo internacional que predomina sobre la Constitución.
Esa interpretación es falsa, primeramente porque la Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurìdico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa ubicando en segundo lugar a los tratados internacionales (Artículo 410) y, luego, porque el Pacto de San José de Costa Rica invocado como exigible, sin mencionar derecho a reelección continua, sólo dice que todos los ciudadanos deben gozar del derecho “de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores”. (Artículo 23).
Los dictadores que en el pasado archivaron las normas constitucionales hicieron conocer su posición sin disimulo. Los que hoy imperan, afirmando que no se modificó el periodo de gobierno improrrogable, contradicen simultáneamente esa declaración y anuncian su propósito de gobernar durante toda su vida. Pocas veces ha sido tan claro el divorcio entre el derecho y el hecho, con la agravante de engañar al pueblo sobre el verdadero sentido del precepto de carácter internacional en que se apoyan.
La violación de normas establecidas en la Constitución Política del Estado no se limita al propósito de gobierno vitalicio, pues tiene como base inicial la subordinación del Poder Legislativo y del Poder Judicial al Ejecutivo, en contra del precepto que impone la independencia y separación de los tres Poderes del Estado. A ello se suma la sumisión del Defensor del Pueblo a los gobernantes, con rechazo de su obligación de velar por la vigencia de los derechos humanos individuales y colectivos.
Es aplicable a esa realidad la expresión de “letra muerta” empleada para hacer referencia a leyes que no se aplican. Las normas legales ignoradas equivalen a inexistencia de normas según se explica con el concepto de “anomia” expuesto por Emilio Durkheim, “pues hacen inestables las relaciones de grupo impidiendo así su cordial relación, dando lugar a que los vínculos sociales se debiliten y la sociedad pierda su fuerza haciendo que una ideología que pretende dominar aproveche a su favor los vacíos legales y se imponga”.



