Medio: Correo del Sur
Fecha de la publicación: domingo 02 de febrero de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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De acuerdo con la Ley 018, el TSE tiene la competencia de regular y fiscalizar la elaboración y difusión de estudios de opinión relacionados con procesos electorales, que deben cumplir con estándares de calidad técnica, transparencia y responsabilidad social, recordó la entidad electoral en una nota de prensa.
Añadió que, según la normativa, las empresas o entidades que deseen realizar estos estudios deben registrarse ante el TSE (para estudios de alcance nacional) o ante los tribunales electorales departamentales, regionales o municipales correspondientes (para estudios de ámbito local). Estas deben acreditar su capacidad técnica para la realización de los estudios y deben completar el registro dentro de los 30 días posteriores a la convocatoria.
El TSE, además, recordó que la difusión de encuestas y otros estudios de opinión está permitida solo dentro de un período específico. En el contexto de las elecciones generales, se podrán publicar encuestas preelectorales a partir del vencimiento del plazo para la inscripción de candidaturas y hasta el domingo anterior a la jornada electoral, explicó.
Por último, el TSE subrayó que los resultados de los estudios de opinión deben ser presentados con total transparencia, incluyendo las características metodológicas.
En los últimos días, comenzaron a circular distintas encuestas, una de ellas, el estudio encargado por el empresario Marcelo Claure, y otras cuya fuente no se menciona.



