Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: martes 04 de septiembre de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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“La candidatura del presidente Morales está garantizada a través de una sentencia constitucional, la 084/2017, por lo tanto la candidatura del presidente Evo es un hecho y, en virtud a ello, sobre el particular no hay nada que discutir”, manifestó Barón.
La Ley de Organizaciones Políticas poner como requisitos de postulación en las Elecciones Primarias a los artículos 234, 236 y 239 de la Constitución, sin tomar en cuenta el 268 que fue ratificado en referendo del 21 de febrero de 2016, y que impediría la repostulación de Morales.
Barón señaló que a partir de la promulgación, el Tribunal Supremo Electoral ya está habilitado para organizar los comicios primarios, que están previstos para finales de enero.
La oposición ya expresó su rechazo a esta norma, porque considera que el MAS utiliza las Primarias para legitimar la candidatura de Morales, ignorando la volutad popular expresada el 21F.