Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: miércoles 05 de septiembre de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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ANF
El ministro de Relaciones Exteriores, Diego Pary, manifestó hoy que los organismos subsidiarios como la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, no reemplazarán a las sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional, a propósito de la reelección indefinida.
“Adicionalmente, es importante señalar que son órganos subsidiarios a los Estados, es decir no reemplazan a las instancias de los Estados. Por lo tanto el Tribunal Constitucional Plurinacional ya tomó una decisión, sacó resolución y se respeta”, sostuvo.
El Tribunal Constitucional Plurinacional basó su Sentencia 084/2017 en el artículo 23 de la Convención y estableció la aplicación preferente de la norma internacional por encima de la Constitución Política del Estado cuando se trata de derechos más favorables, fallo que avala la reelección indefinida de las autoridades electas.
El Movimiento al Socialismo (MAS) recurrió al TCP para buscar el reconocimiento de la reelección indefinida, con el objetivo de que Evo Morales vuelva a ser candidato, pese a que el referéndum del 21 de febrero de 2016 rechazó la reforma parcial de la Constitución.
Por otra parte, Pary señaló que a la fecha la Corte Interamericana de Derechos Humanos no ha sido consultada sobre los alcances del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y si ésta garantiza la reelección indefinida.
“Cuando se hacen consultas a la Corte-IDH solo puede hacer un Estado o la CIDH, hasta este momento ningún Estado ni la CIDH han hecho la consulta”, declaró el Canciller tras su posesión.
La autoridad sostuvo que no hay consulta. Luego que se rechazaron las solicitudes de medidas cautelares “el tema no tiene cabida”.