Medio: Opinión
Fecha de la publicación: domingo 02 de septiembre de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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Con la
nueva ley y la premura de las primarias, la disputa por los resultados
del referendo del 21 de febrero de 2016 parece quedar en segundo plano y
el debate electoral se adelanta en meses, en un nuevo escenario
electoral.
La presidenta de la Cámara de Diputados,
Gabriela Montaño, una de las principales impulsoras de esta nueva
norma, asegura que las condiciones técnicas y legales están dadas para
las realización e las elecciones primarias en enero de 2019, pese al
rechazo de la oposición.
“Esta nueva norma desnuda a la oposición
que, a un año de las elecciones, no tiene claro su liderazgo ni
programa de Gobierno”, sostiene Montaño en esta entrevista con OPINIÓN.
PREGUNTA. ¿Cuál el es el objetivo de esta nueva ley que, pese a tener algunos artículos cuestionados, el MAS impulsa?
RESPUESTA:
Esta nueva norma profundiza la democracia en el país, porque
democratiza las decisiones al interior de los partidos políticos y las
agrupaciones ciudadanas, como no lo hacían las anteriores leyes, a
través de diversos mecanismos: las elecciones primarias, la aplicación
de la paridad en las dirigencia y el cumplimiento de la ley de
participación de jóvenes para que este sector de la población tenga
espacios decisivos.
P. La oposición sostiene que hay muy poco tiempo para realizar las primarias. ¿Por qué no se escuchó esta observación?
R.
Todos los elementos que están establecidos en la ley son absolutamente
compatibles con la organización de unas primarias en enero, y se prevé
los requerimientos técnicos necesarios para su realización.
Lo
que pasa es que esta ley desnuda a la oposición que, a un año de las
elecciones, no tiene clara su estructura, no tiene claro su liderazgo y
no tiene claro un programa de Gobierno que pueda plantear al pueblo.
P.
¿Qué se puede lograr con las primarias, si en este momento, en casi
todos los partidos políticos, ya están definidos los candidatos?
R.
El mecanismo tiene una esencia totalmente diferente en términos
democráticos, respecto a lo que se ha estado haciendo hasta ahora. El
hecho es que toda la militancia del partido político tendrá la
oportunidad de votar de manera directa y participar en la elección de
sus candidatos; no es lo mismo que la definición que tenían los antiguos
partidos políticos, en los que primaba el dedazo.
Las primarias
se aplicarán a finales de enero de 2019, pero hay otros aspectos, como
los estatutos y la paridad en las dirigencias, que requerirán más tiempo
para su adecuación e implementación.
P. La oposición denuncia que con las elecciones primarias se busca validar la candidatura de Evo Morales y “burlar” el resultado del referendo del 21F. ¿Qué opina al respecto?
R. Nada tiene que ver una cosa con la otra. Si los resultados del 21F no se hubieran cumplido, la Asamblea Legislativa Plurinacional habría
procedido con una modificación parcial de la CPE y no lo hizo, por lo
tanto, esos resultados ya se cumplieron y aplicaron de manera efectiva,
eso no está en debate. Tampoco está en debate la Sentencia
Constitucional de noviembre del año pasado, que ya tiene ocho meses de
vigencia, que señala que el presidente, el vicepresidente, gobernadores y
alcaldes, todas las autoridades electas están habilitadas para volver a
ser candidatos en 2019 y en 2020 (en las elecciones subnacionales).
Con
o sin esta ley, ambas cosas estarían ya dilucidadas y no tienen nada
que ver con la aplicación de la ley de organizaciones políticas.
P. En cuanto a la paridad de género, ¿hasta qué nivel llega?
R.
La ley obliga a los partidos políticos a que sus dirigencias, en todos
sus niveles territoriales, tengan que adecuarse al principio de la
democracia paritaria. Es decir que las mujeres tendrán que tener el 50
por ciento de participación dirigencial.
P. Sin embargo, la paridad todavía no llega hasta los binomios presidenciales...
R.
Ese tema está determinado en la Ley del Régimen Electoral y su
reglamentación, que se exigen que todos los cargos de igual nivel gocen
de paridad. También se manda que todas las candidaturas para la Asamblea
Legislativa Plurinacional, las asambleas departamentales y los concejos
municipales cumplan las condiciones de paridad y eso ya estaba
definido.
Adecuación
La ley de
organizaciones políticas prevé la realización de las primarias el último
domingo de enero de 2019, pero otorga más tiempo para las adecuación de
estatutos y otros aspectos.
Legislativo modificó el proyecto para adelantar primarias
El proyecto de ley de organizaciones políticas fue elaborado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE),
en un proceso de debate y consultas con partidos políticos y sectores
sociales. El documento, que fue remitido al Legislativo para su
aprobación, sufrió varias modificaciones en la Cámara de Diputados.
El
artículo 29 y las disposiciones transitorias, que definen la
realización de las elecciones primarias para la nominación de los
binomios presidenciales en los partidos políticos, son los puntos que
más rechazo han generado en la oposición.
El TSE planteó que
estos procesos internos sean implementados de manera progresiva hasta el
2024. Sin embargo, el Movimiento Al Socialismo (MAS), con su mayoría
parlamentaria, modificó el proyecto y dispuso que las primarias se
realicen de manera obligatoria y simultánea en enero 2019.
La nueva ley fue sancionada el viernes en la noche, por la Cámara de Diputados, con algunas modificaciones de forma planteadas por el TSE.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. Las elecciones primarias para las elecciones generales de 2019 se desarrollarán de acuerdo a las siguientes previsiones:1. El Tribunal Supremo Electoral emitirá la convocatoria hasta cien (100) días antes de la realización de las mismas.
2. Las organizaciones políticas que tengan en curso su trámite de reconocimiento y registro de personalidad jurídica deberán presentar sus Libros de Registro de militantes al Órgano Electoral Plurinacional hasta noventa y cinco (95) días antes de la realización de las elecciones primarias cumpliendo los procedimientos establecidos en la Ley No 1983 de 25 de junio de 1999, de Partidos Políticos; y en la Ley No 2771 de 7 de julio de 2004, de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas.
3. Las organizaciones políticas que tuvieran en trámite la actualización de su padrón de militantes, deberán presentarla hasta noventa y cinco (95) días antes de la realización de las mismas.
4. La solicitud de registro de Alianzas deberá presentarse hasta setenta y cinco (75) antes de la realización de las elecciones primarias.
5.Las organizaciones políticas que tengan en curso su trámite de reconocimiento y registro de personalidad jurídica, podrán participar en las elecciones primarias para elegir candidaturas de binomios presidenciales para las elecciones generales de 2019, siempre y cuando obtengan la resolución del Tribunal Supremo Electoral de reconocimiento de su personalidad jurídica hasta sesenta y cinco (65) días antes de las elecciones primarias.
6. El Tribunal Supremo Electoral deberá emitir las resoluciones a las que hace referencia el numeral precedente, de acuerdo a lo establecido en la Ley No 1983 de 25 de junio de 1999, de Partidos Políticos; y en la Ley No 2771 de 7 de julio de 2004, de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas; hasta sesenta y cinco (65) días antes de las elecciones primarias.
7. Los binomios elegidos por los partidos políticos y las alianzas, deberán ser inscritos ante el Tribunal Supremo Electoral, hasta sesenta (60) días antes de las elecciones primarias.
8. El Tribunal Supremo Electoral publicará las candidaturas habilitadas para binomios de los partidos políticos. y las alianzas, hasta cincuenta (50) días antes de la realización de las mismas.
SEGUNDA. Las agrupaciones ciudadanas de alcance nacional podrán participar en las elecciones primarias y Generales de 2019, así como en las elecciones subnacionales 2020, debiendo efectuar su conversión a partido político hasta el 31 de diciembre de 2021.
TERCERA. l. Todas las organizaciones políticas deberán adecuarse a las disposiciones de la presente Ley, hasta el 31 de diciembre 2021.
II. Sin perjuicio de esta adecuación, para las elecciones primarias de candidaturas del binomio presidencial para las elecciones generales de 2019, se aplicarán lo dispuesto en esta Ley.
CUARTA. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a transferir recursos del Tesoro General de la Nación, a favor del Tribunal Supremo Electoral, a fin de que garantice la realización de ras elecciones primarias de candidaturas del binomio presidencial para las elecciones generales del 2019.