Medio: Opinión
Fecha de la publicación: domingo 02 de septiembre de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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Este
nuevo elemento electoral obliga a los partidos a presentar, antes de lo
que tenían previsto, a sus candidatos a Presidente y Vicepresidente y a
comenzar a trabajar, si es que todavía no los tienen, en sus programas
de Gobierno.
En este contexto, “el tiempo es un recurso escaso
para la oposición”, sostiene el director del Centro de Estudios
Superiores Universitarios (CESU) de la Universidad Mayor de San Simón (UMSS), Fernando Mayorga, al referirse a las elecciones primarias que se realizarán en enero de 2019.
“Toda
elección implica candidato y programa”, afirma Mayorga al sostener que
la oposición está enfrascada en la campaña por el 21F y contra la
repostulación del presidente Evo Morales, dejando de lado las condiciones de fondo para participar en las elecciones generales.
La
búsqueda de alianzas políticas también será ahora otro asunto que
ocupará a las tiendas políticas. El oficialismo lleva la ventaja al
tener una estructura partidaria articulada y como candidato
“indiscutible” al presidente Evo Morales, que anunció que buscará un cuarto mandato consecutivo, pese a los resultados del 21 de febrero de 2016.
“ESTRATEGIA”
La que es considerada, por el oficialismo, una profundización de la
democracia, para la oposición es una “estrategia” para dar paso a las
candidaturas del presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera.
El
expresidente Carlos Mesa, que se identificó como “el primer defensor
del 21F”, sostiene que, con la ley de organizaciones políticas y la
realización de las primarias, el Movimiento al Socialismo (MAS) busca
“sepultar” los resultados del referendo y “legitimar” la candidatura de
Morales.
"En principio se diría que las primarias son
imprescindibles para garantizar la democracia, pero no se puede forzar
los tiempos, no se puede obligar al Tribunal Supremo Electoral a aceptar llevar adelante un proceso que debió hacerse progresivamente. El objetivo verdadero es legitimar a Evo Morales
como candidato, pasarse por alto el 21F y darle la espalda al
referendo”, afirma Mesa, en un video difundido en su canal de YouTube;
reitera, además, que el TSE debería rechazar el realizar las elecciones
primarias en 2019 y los "plazos inaceptables que tienen como objetivo
dejar sin tiempos de acción a la oposición".
CANDIDATOS Fernando
Mayorga, sociólogo y cientista político, indica que desde el referendo
constitucional de febrero 2016, la oposición está dividida en tres
frentes: los partidos con representación parlamentaria (UN y PDC); las
fuerzas extraparlamentarias que tienen entre sus representantes al
alcalde de La Paz, Luis Revilla, al gobernador de La Paz,
Felix Patzi, y al expresidente Carlos Mesa; y las plataformas
ciudadanas que tienen la capacidad de articularse a partir de las redes
sociales digitales.
Estos elementos de dispersión “complejizan la
situación de la oposición”, que si bien tienen un objetivo común, que
es la defensa del resultado del 21F, ahora tendrán que buscar nuevas
estrategias de convergencia o alianzas concretas, rumbo a las elecciones
de 2019, para hacer frente a Evo Morales que, amparado en un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), se apresta a buscar un cuarto mandato consecutivo.
LA
NUEVA LEY El proyecto de ley de organizaciones políticas fue aprobado
en Senadores y sancionado en Diputados, el viernes en la noche, tras dos
semanas de reñido debate entre el oficialismo y la oposición.
El
Órgano Electoral, pese a haber presentado 20 observaciones a las
modificaciones realizadas en el Legislativo, dio luz verde a la
aprobación de la nueva norma al indicar que es “técnicamente viable” la
realización de los comicios internos en enero.
El artículo 29 y
las disposiciones transitorias determinan las características,
requisitos y plazos que los partidos deben cumplir para las primarias,
cuya convocatoria debe ser lanzada, por el TSE, el próximo mes de
octubre.
105
ARTÍCULOSLa ley de organizaciones políticas, que fue elaborado por el Tribunal Supremo Electoral, contiene 105 artículos, tres disposiciones transitorias y una disposición abrogatoria.
La nueva norma remplazará a Ley de Partidos Políticos vigente desde 1999 y a la Ley de Agrupaciones Ciudadanas de 2004.
ALGUNOS ARTÍCULOS
ARTÍCULO 1. (Objeto). La presente Ley regula la conformación, funcionamiento y democracia interna de las organizaciones políticas, como parte del sistema de representación política y de la democracia intercultural y partidaria en el Estado Plurinacional de Bolivia.ARTÍCULO 38 (Transfugio Político). La o el representante que ocupe cargos electivos de representación política en los órganos deliberativos de los diferentes niveles del Estado Plurinacional de Bolivia, exceptuando a las y los representantes de las naciones y pueblos indígenas originario campesinos elegidos directamente, incurrirá en transfugio político cuando:
a) Asuma una militancia, inscrita o declarada públicamente, distinta a la de la organización política o alianza que la o lo postuló.
b) Declare públicamente su independencia respecto a la organización política o alianza que la o lo postulo en el caso de militantes.
c) Asuma de forma pública una posición política distinta o contraria a la declaración de principios, la plataforma programática y/o al programa de gobierno de la organización política.
ARTÍCULO 39. (Pertenencia del escaño). Todo espacio de representación electivo en los órganos deliberativos de los diferentes niveles del Estado Plurinacional de Bolivia, exceptuando a las autonomías indígena originario campesinos, corresponde a la organización política que ganó en elecciones, sola o en alianza, durante el periodo de mandato establecido, a excepción de los pertenecientes a circunscripciones especiales indígenas o los correspondientes a naciones y pueblo indígena originario campesinos, en niveles nacionales y subnacionales de gobierno.
CAPÍTULO II. Financiamiento y Fortalecimiento Público
ARTÍCULO 69. (MODELO). Con el propósito de garantizar el pluralismo político, condiciones de mayor igualdad en la competencia electoral y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, el modelo adoptado en el Estado Plurinacional de Bolivia para las organizaciones políticas es mixto, constituido por financiamiento privado con restricciones y fortalecimiento público.