Medio: El Deber
Fecha de la publicación: miércoles 29 de noviembre de 2017
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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Los miembros del Tribunal Constitucional, cuyo mandato fenece en diciembre y sobre quienes pesan más de 65 procesos judiciales abiertos, comunicaron ayer su fallo. Según ellos, se apegan estrictamente al mandato constitucional y privilegian la aplicación del artículo 23 de la Carta Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, que dice que “todos los ciudadanos deben gozar de los derechos y oportunidades de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; de votar y ser elegidos, en elecciones periódicas y auténticas…”
El presidente del Tribunal Constitucional, Macario Lahor Cortez, dijo que optaron por el artículo 23 de la Carta Interamericana de Derechos Humanos “por ser una norma más favorable para los derechos políticos”.
El Tribunal Constitucional modificó la Carta Magna del Estado Plurinacional, al declarar la inaplicabilidad de los artículos 156, 168, 285 y 288 y la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley Electoral. De esta manera, se aprueba la posibilidad de que Evo Morales se habilite para una cuarta reelección y para otras más, si es que así lo decide, porque se elimina toda limitación jurídica para este fin.
La actuación de este tribunal sienta un precedente funesto para la democracia y la ley suprema, que es el mayor acuerdo de convivencia de un país. Al modificar la Constitución Política del Estado a pedido de un partido político (el MAS), abre el camino para que se pueda cambiar cualquier otro artículo de la Carta Magna, a través de un recurso presentado por un sector interesado, aunque esto vaya en contra de la voluntad mayoritaria de la ciudadanía.
En las últimas semanas, el presidente Evo Morales cuestionó la que él llama “democracia occidental” (en la que hay mayorías y minorías) y elogió la que él ha bautizado como “democracia comunal” (que se aplica por consensos y que desconoce las minorías). Sería preocupante que un siguiente paso de cambio de la Constitución avance en esa línea.
Por otro lado, el fallo del Tribunal Constitucional desconoce la voz del soberano, privilegiando el derecho político de Evo Morales y desconociendo el valor del resultado del sufragio que, en teoría, es la máxima autoridad de un Estado democrático.
No son noticias alentadoras para la democracia en el país.