Medio: Opinión
Fecha de la publicación: martes 27 de mayo de 2025
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
El tema genera cuestionamientos, como los de la concejala disidente de Súmate (frente oficialista en el municipio) Daniela Cabrera, quien ve en estas modificaciones favorecimiento para el alcalde Manfred Reyes Villa, debido a su postulación a la Presidencia de Bolivia y su anunciada solicitud de licencia para dedicarse a su campaña electoral.
El oficial mayor de Coordinación Legislativa y Desarrollo Autonómico del Concejo Municipal de Cochabamba, Henry Gonzalo Rico García, explicó que el Reglamento Interno (aprobado en 2014 y modificado en 2014, 2015 y 2016) fue abrogado junto a sus resoluciones. El ahora Reglamento General del Concejo Municipal de Cochabamba fue aprobado por dos tercios de voto, conforme a la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales.
Aseguró que lo que se consiguió con la nueva norma es “darle forma”, eliminar contradicciones y aclarar términos confusos.
Sobre lo relacionado en específico a las licencias o ausencias de la autoridad máxima del municipio, hizo referencia a la “declaratoria en comisión o en misión oficial del Alcalde”. En ese sentido, dijo que si, como ejemplo, el Alcalde recibe una invitación de alguna entidad del exterior, el Concejo Municipal debe declararlo en comisión oficial.
Por otro lado, se incorporó la “licencia por razones de fuerza mayor o por razones de orden personal”, lo que se aplicaría también para los concejales.
“Todos podemos tener razones de fuerza mayor”, manifestó.
Remarcó que si el Alcalde pide licencia de orden personal, la misma debe ser “sin goce de haberes”, por un lado; y por el otro, esta licencia no puede exceder los 90 días calendario.
El Oficial Mayor declaró que la anterior norma “era confusa”, porque establecía solo “licencia por viajes al exterior en misión oficial”. Agregó que el otro término era “por ausencia o impedimento por viajes al exterior o permaneciendo en el país”.
El cambio, en el nuevo reglamento el tema derivó en: “Licencia por razones de fuerza mayor o de orden personal, permaneciendo en el país o por viajes al exterior”.
Agregó que, si se exceden los 90 días, se podría entender como una renuncia implícita. Enfatizó que esto se aplica a cualquier funcionario.
En ese sentido, Reyes Villa, quien aún no presentó su solicitud de licencia temporal a su cargo de Alcalde, se acogería a estas cláusulas para dedicarse a su campaña.
Esto generó observaciones por parte de autoridades como la concejala Cabrera. Ella cuestionó, según informó Abya Yala, que, en caso de no resultar electo, Reyes Villa retornaría automáticamente como Alcalde. Expresó que se “están acomodando” las normas para garantizarle una salida temporal al alcalde sin asumir ningún riesgo político.
Acotó que el tema fue tratado mientras tres concejalas se encontraban suspendidas, lo que “facilitó” la aprobación del Reglamento General.