Medio: Nuevo Sur
Fecha de la publicación: lunes 03 de septiembre de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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Agencias
El segundo congreso nacional de plataformas y colectivos ciudadanos del país, que se reunió este sábado en Sucre, se declaró en emergencia y determinó una resistencia pacífica con marchas de protesta y paros escalonados en contra de la reelección de Evo Morales y, en caso de que el Tribunal Supremo Electoral (TSJ) de curso a la candidatura del actual Presidente, al día siguiente habrá un paro nacional y movilizaciones permanentes.
Al menos 300 personas de las plataformas de diversos sectores y organizaciones sociales e invitados especiales como el ex vicepresidente Víctor Hugo Cárdenas, el periodista Andrés Gómez, el constitucionalista William Bascope y otros, aprobaron una agenda de resistencia a la repostulación de Evo Morales, bajo la premisa de si no “nos unimos todos, nos hundimos todos”.
Antes de hablar de candidatos, las plataformas determinaron buscar la unidad en torno a un objetivo de no permitir que se habilite a Evo Morales como candidato y el rechazo a la ley de organizaciones políticas que está en trámite en la Asamblea Legislativa Plurinacional. Además del respaldo a las medidas de presión de los cocaleros de Yungas y los gremiales del país.
En el referendo del 21 de febrero de 2016 el 51,3% de las personas que asistieron a las urnas, le dijeron ‘No’ a la repostulación de Evo Morales y Álvaro García Linera, pero en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ignoró la decisión del pueblo y habilitó a Morales para que se postule en las elecciones de 2019.
Magistrado del TCP afirma que el TSE debe cumplir el fallo que habilita a Evo
El magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional Orlando Ceballos aseguró que no existe “incompatibilidad” entre el referendo del 21 de febrero de 2016 y la Sentencia Constitucional 084/2017 que avala la reelección de Evo Morales, por lo que el Tribunal Supremo Electoral tiene que cumplir el fallo sobre la repostulación de autoridades.
Para sustentar sus argumentos explica que el referendo no tiene un carácter “absoluto” cuando la consulta se refiere a los derechos humanos; y que en el marco del control de convencionalidad se dejó en “suspenso” artículos de la Constitución Política del Estado (CPE), referidos a la reelección del presidente y vicepresidente del Estado.
Ceballos insistió que no se expulsó artículos de la Constitución Política del Estado como efecto de la Sentencia Constitucional, aunque no precisa cuál sería -bajo ese razonamiento- el mecanismo para poner en vigencia los artículos “suspendidos”, escudriña y dice que una vía puede ser un nuevo proceso Constituyente o de reforma parcial de la CPE.