Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: martes 27 de mayo de 2025
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Dos fallos de la justicia constitucional emitidos este lunes –uno a favor de PAN-Bol y otro adverso al MTS– contravienen la Ley del Régimen Electoral, que establece que las resoluciones del Tribunal Supremo Electoral (TSE) “son inapelables, irrevisables y de cumplimiento inmediato y obligatorio”, lo que supone una clara interferencia de la justicia en las decisiones de la entidad electoral. La primera sentencia se registró en La Paz y la segunda, en Beni.
EL FALLO A FAVOR DE PAN-BOL
La Sala Constitucional Cuarta de La Paz dispuso que el TSE emita una nueva resolución respecto a la cancelación de la personalidad jurídica del Partido Acción Nacional Boliviano (PAN-Bol). Tras conocerse la decisión judicial, el expresidente Evo Morales exigió la inscripción de su candidatura por esta sigla para las elecciones del 17 de agosto. El vocal electoral Tahuichi Tahuichi Quispe, sin embargo, señaló que el fallo en cuestión establece que no corresponde ampliar el plazo para la inscripción de candidatos.
La líder de PAN-Bol, Ruth Nina, celebró la determinación judicial, que, según su interpretación, anula la resolución inicial del TSE y vuelve a poner en vigencia la sigla de su partido, lo que a su vez lo habilita para inscribir a sus candidatos ante el TSE. La dirigente recordó que, según el calendario electoral, el 6 de junio se conocerá recién la lista de candidatos habilitados. “En ese sentido, nosotros estamos dentro del plazo”, señaló Nina, que apuntó que PAN-Bol envió la lista de su candidatos vía correo electrónico el pasado 19 de mayo, cuando venció al plazo para la inscripción de candidatos. Quispe aclaró que, de manera oficial, el TSE no tiene registrada ninguna lista de candidatos por PAN-Bol.
EXIGE INSCRIPCIÓN
Tras conocerse la decisión de la justicia, el ‘evismo’ y el propio Morales celebraron el fallo, y exigieron al TSE que registre las candidaturas de PAN-Bol, incluido su binomio presidencial, con el exlíder del MAS para la presidencia y la exministra Wilma Alanoca para la vicepresidencia.
“¡Con mucha alegría y firmeza revolucionaria anunciamos una nueva victoria democrática del pueblo!”, expresó Morales en su cuenta de X. “Ahora, con esta resolución, corresponde que el TSE reconozca el registro de nuestras candidatas y candidatos para hacer efectiva nuestra participación en esta carrera democrática”, complementó.
EL FALLO CONTRA EL MTS
La Sala Constitucional Primera de Beni, entretanto, instruyó cancelar la personalidad jurídica del Movimiento Tercer Sistema (MTS), que postula a Andrónico Rodríguez como candidato a la presidencia, en el marco de la acción de cumplimiento que presentó el activista Peter Erlwein Beckhauser el pasado 17 de mayo, por presuntos incumplimientos de resoluciones emitidas por el TSE.
El abogado del demandante, Diego Coimbra, dijo que, tras presentar “todas las pruebas y diligencias”, se demostró que “existen tales incumplimientos”.
“Por lo tanto, el Tribunal Supremo Electoral no va a tener otra opción que emitir una resolución cancelando la personalidad (jurídica) del Movimiento Tercer Sistema”, señaló.
Según Coimbra, la dirigencia paceña del MTS incumplió siete resoluciones electorales, pero no detalló cuáles.
ES “INTROMISIÓN”
Rodríguez rechazó la determinación judicial y la calificó como una “intromisión” por parte de la justicia en las decisiones del TSE y apuntó también al Gobierno. “Rechazamos la intromisión de instancias judiciales y del Órgano Ejecutivo en las elecciones generales, una práctica propia del viejo sistema político que pretendemos superar”, escribió en su cuenta de Facebook. “No puede ser que la decisión de una sala judicial, influenciada políticamente, intente frenar el avance de un nuevo proyecto político legítimo y la voluntad soberana del pueblo”, agregó
En esa línea, convocó a una “reunión de emergencia” para este martes con dirigentes de las organizaciones sociales que respaldan su candidatura para asumir “decisiones firmes y responsables”.
Según el diario cruceño El Deber, Rodríguez tendría pensado postular por UCS, si no puede hacerlo con la sigla del MTS.
LEY 026
Artículo 121 (V): La autoridad correspondiente pronunciará su decisión en el plazo de vienticuatro (24) horas, computadas desde la recepción de la denuncia. Las resoluciones de los Tribunales Electorales Departamentales podrán ser apeladas ante el Tribunal Supremo Electoral, en el efecto devolutivo, en el plazo de dos (2) días de su notificación. Las resoluciones del Tribunal Supremo Electoral son inapelables, irrevisables y de cumplimiento inmediato y obligatorio.