Medio: La Razón
Fecha de la publicación: martes 22 de abril de 2025
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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El diputado disidente de Comunidad Ciudadana (CC) Miguel Roca informó que presentó una acción de inconstitucionalidad abstracta contra el artículo 5 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, norma que, según denunció impide que las organizaciones indígenas postulen candidatos en elecciones nacionales, a pesar de que la Constitución les otorga ese derecho.
“El artículo 5 fue impuesto por Evo Morales en 2018 para evitar que los pueblos indígenas participen en las presidenciales. Fue una jugada abusiva tras perder el referéndum”, aseguró en entrevista con La Razón Radio. El legislador pidió al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) suspender de manera precautoria ese artículo y afirmó que su eliminación permitiría al Tribunal Supremo Electoral (TSE) registrar a las organizaciones indígenas como actores políticos con alcance nacional.
Norma
El artículo 5 de la Ley 1096 establece que las organizaciones de naciones y pueblos indígena originario campesinos solo pueden participar en elecciones subnacionales. “Son organizaciones que posibilitan la participación (…) en elecciones subnacionales”, señala la norma.
Roca aclaró que su recurso no busca habilitar a Evo Morales. “Eso fue una bellacada difundida por un periodista cercano al régimen. Evo está inhabilitado constitucionalmente”, remarcó.
El diputado también criticó al dirigente de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (CIDOB), Fausto Ardaya, quien advirtió con paralizar el proceso electoral si no se habilita a los pueblos indígenas. “Amenazar con suspender las elecciones es terrorismo democrático. Nuestra acción justamente busca que no haya obstáculos para su participación”, sostuvo.
Además, Roca acusó al Gobierno de Luis Arce de intentar postergar las elecciones. “Todas las señales del presidente apuntan a una posible suspensión. Tiene al país con magistrados autoprorrogados, persigue a diputados y lanza montajes como el supuesto autogolpe”, dijo.
Finalmente, se mostró contrario al recurso presentado por el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Israel Huaytari, que exige paridad de género en los binomios presidenciales. “Plantear eso como una imposición es discriminatorio y un error. Todos somos iguales ante la ley”, afirmó.
Acciones de inconstitucionalidad
Actualmente hay al menos cinco acciones de inconstitucionalidad presentadas ante el TCP vinculadas al proceso electoral de 2025:
El primer recurso fue interpuesto por Huaytari, en el cual argumenta que la convocatoria emitida por el TSE no garantiza la paridad de género en la conformación de los binomios presidenciales.
El segundo, presentado por el exmagistrado del TCP Gualberto Cusi, exige igualdad de condiciones en las elecciones nacionales para ciudadanos y pueblos indígenas.
El tercero fue interpuesto por dirigentes de la Nación Qhara Qhara, quienes exigen medidas cautelares que les permitan participar con candidatos propios en los comicios.
El cuarto, anunciado por la CIDOB, advierte que presentarán una acción de inconstitucionalidad con el objetivo de suspender los comicios hasta que se modifique la Ley 1096, en caso de que no sean habilitados para participar en las elecciones.
El quinto fue presentado por el TSE contra dos artículos de la Ley de Organizaciones Políticas, al considerar que restringen la participación de pueblos indígenas en elecciones presidenciales.
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