Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: jueves 30 de agosto de 2018
Categoría: Organizaciones Políticas
Subcategoría: Constitución / Personería jurídica
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Beatriz Layme / La Paz
De ocho estatutos de organizaciones políticas de alcance nacional, sólo el de Unidad Nacional (UN) habla de primarias para elegir a candidatos. En el resto de los documentos no se contemplan las elecciones internas.
El artículo 40 del estatuto de UN establece cuatro modalidades para la designación de candidatos a cargos electivos públicos: la elección primaria, la evaluación estratégica a cargo de la Dirección Nacional, las encuestas y las alianzas.
“Se incorporó las primarias en nuestro estatuto en 2004, para las elecciones municipales. Nuestro estatuto es flexible y otorga decisión a la Dirección Nacional cuando se hagan alianzas”, explicó el senador y dirigente de UN, Arturo Murillo.
En la norma del MNR, la designación del candidato presidencial es atribución del Comando Nacional. Así lo establece el artículo 36, inciso e, del estatuto que señala que es tuición de esa entidad aprobar o negar por mayoría absoluta la designación de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia.
En el caso de los Demócratas, es en congreso nacional que se elige al binomio presidencial. No es necesario que los candidatos sean militantes de la organización, ya que pueden ser invitados. “Podemos hacer por aclamación, por votación, eso se determina en el Congreso Nacional”, explicó Jeanine Añez, senadora y dirigente de ese partido.
En el caso de Unidad Cívica Solidaridad (UCS), los candidatos son designados en Convención Nacional. Una de las atribuciones de esa instancia es “proclamar a los candidatos para las elecciones nacionales y municipales”.
En el Partido Demócrata Cristiano se designa al postulante presidencial en Conferencia Nacional de Dirigentes, máxima entidad del frente. En el artículo 23, inciso e de su estatuto se señala que es atribución de la Conferencia “aprobar la nominación de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República”.
Similar situación ocurre en el Frente Revolucionario de Izquierda (FRI), tienda política que elige a sus candidatos a cargos públicos en Congreso Nacional. De acuerdo a su norma, los postulantes deben ser militantes.
En el estatuto del Frente Para la Victoria (FPV) se establece que el Comité Ejecutivo Nacional elegirá al candidato a Vicepresidente de una lista. Mientras que el candidato a la Presidencia debe ser elegido por mayoría simple del total de los miembros presentes en la convención nacional.
El estatuto del MAS
- Norma En el estatuto del Movimiento Al Socialismo no especifica la modalidad para la elección de los integrantes del binomio presidencial. Sin embargo, en diciembre de 2016, en Congreso Nacional proclamó al presidente Evo Morales como candidato. La nominación fue propuesta por la comisión política, que aprobó cuatro modalidades para habilitar a Morales para los comicios de 2019, pese al resultado del 21F.