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Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: martes 10 de diciembre de 2024
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Democracia comunitaria
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Organizaciones de la sociedad civil realizaron tres propuestas dirigidas a fomentar las prácticas de democracia comunitaria y de elección por normas y procedimientos propios, de parte de la Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos (NPIOC).
Las propuestas señaladas surgen de mesas de diálogo y análisis propiciadas por la Fundación Jubileo, en las que participaron representantes de organizaciones que trabajan con NPIOC, junto con el aporte técnico de especialistas.
La primera propuesta consiste en la elección directa de diputados indígenas por normas y procedimientos propios en la modalidad de democracia comunitaria, en igualdad de condiciones, sin estar obligados a elegir candidatos y someterse a la democracia representativa.
La propuesta recuerda que, por Constitución Política del Estado (CPE), se reconoce la democracia comunitaria y las normas y procedimientos propios de las NPIOC.
“En ese sentido, esa norma constitucional debe entenderse que, cuando únicamente las NPIOC votan por un representante político, no es necesario postular candidatos ni someterlos a competir. En estos casos, las NPIOC tiene derecho a elegir directamente a sus representantes”, dice el texto publicado al respecto.
Alerta que postular candidatos de circunscripción indígena mediante partidos, en lugar de elección directa de sus representantes, “resulta altamente nocivo para la representación sustantiva de las NPIOC, ya que obliga a los diputados indígenas a someterse a las decisiones orgánicas del partido mediante su integración a la bancada parlamentaria”.
La segunda propuesta es permitir que las NPIOC postulen candidatos mediante sus organizaciones para cargos como como presidente, vicepresidente, senadores, diputados plurinominales y parlamentarios supraestatales.
Enfatiza que las NPIOC, de acuerdo con la Carta Magna, deberían elegir a sus candidatos mediante normas y procedimientos propios para postularlos mediante sus organizaciones y no partidos políticos ni agrupaciones ciudadanas.
La justificación señala que, de estar obligadas a postular mediante partidos, las NPIOC estarían impedidas de ejercer su derecho político a ser elegido para esos cargos, debido a “la gran carga de prejuicio respecto de la capacidad, el racismo y la discriminación persistente”.
El tercer pedido consiste en que el Órgano Electoral financie las prácticas de democracia comunitaria de las NPIOC. Argumenta que, así como los partidos tienen financiamiento, también se debería favorecer con recursos a los indígenas.
Según la propuesta, los actos eleccionarios en territorios indígenas son costosos por la distancias entre los pueblos, por lo tanto existe la necesidad de que el Estado financie el traslado.
Los proponentes insistieron en que estas incoativas sean implementadas por el Tribunal Supremo Electoral, mediante reglamentos.