Medio: La Patria
Fecha de la publicación: jueves 14 de noviembre de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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El expresidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Juan José Jauregui, ha propuesto llevar a cabo en 2025 la segunda parte de las elecciones judiciales. Esta propuesta se basa en una modificación a la Ley 026 del Régimen Electoral, que fue discutida durante una reciente entrevista. La iniciativa tiene como objetivo permitir que se realicen dos procesos electorales al mismo tiempo, coincidiendo con las elecciones generales programadas para agosto de ese año.
Propuesta de modificación
Jauregui explicó que es posible aprobar una ley en la Asamblea Legislativa, dado que la Ley 026 fue creada en la misma Asamblea. Esta nueva ley podría exceptuar la aplicación de un artículo específico para la gestión 2025, lo que permitiría organizar dos procesos electorales simultáneamente.
Aseguró que, si existe voluntad política en la Asamblea y se dan las condiciones necesarias para garantizar la renovación de todos los magistrados, tal como lo establece la Constitución, así como para organizar las elecciones generales, se podría suspender la aplicación del artículo 87 de la Ley 026.
Detalles del artículo 87
El artículo 87 de la Ley 026 establece que el “Órgano Electoral Plurinacional no podrá organizar, dirigir, supervisar, administrar o ejecutar procesos electorales cuyo calendario electoral se superponga con el de procesos electorales, referendos o revocatorias de mandato convocados por Ley”. Esta disposición es clave para entender la propuesta de Jauregui.
En agosto de 2025, se deberá elegir al presidente del Estado, así como a los diputados y senadores, quienes asumirán sus funciones el 8 de noviembre del mismo año. En cumplimiento de la sentencia 0770/2024 – S4 del Tribunal Constitucional Plurinacional y del auto constitucional plurinacional 0083/2024-ECA, el Tribunal Supremo Electoral ha decidido organizar y llevar a cabo las elecciones judiciales de forma parcial el 15 de diciembre de este año.
Sentencias del Tribunal Constitucional
La sentencia del Tribunal Constitucional declaró desierta la convocatoria a magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia en los departamentos de Beni y Pando, así como para el Tribunal Constitucional Plurinacional en los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija.
Por otro lado, el auto constitucional ordenó “la prosecución del proceso electoral para el Consejo de la Magistratura, Tribunal Agroambiental, Tribunal Supremo de Justicia en los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí, Cochabamba, Chuquisaca, Tarija y Santa Cruz; así como del Tribunal Constitucional Plurinacional en los departamentos de Chuquisaca, La Paz, Oruro y Potosí”.
Llamado a la acción
Considerando la posición adoptada por el Tribunal Supremo Electoral, Jauregui instó a sus colegas a “obrar con responsabilidad, acelerar los plazos y emitir una nueva convocatoria” para los departamentos que han sido observados. Para ello, consideró necesario eliminar de la Ley 1549 transitoria para las elecciones judiciales 2024 el artículo 37, que permite que candidatos de otras regiones postulen en departamentos donde no se presentaron, lo cual fue observado por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
El Tribunal Supremo Electoral ha decidido organizar las elecciones judiciales debido a un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional que afecta a varios departamentos. Esta situación resalta la importancia de la coordinación entre las distintas instancias del gobierno para asegurar un proceso electoral transparente y efectivo.