Medio: La Razón
Fecha de la publicación: miércoles 13 de noviembre de 2024
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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La sala plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió continuar con las elecciones judiciales en el marco de lo que establece el Auto Constitucional 0084/2024 y que dispone la prosecución del proceso electoral para el Consejo de la Magistratura (CM), Tribunal Agroambiental (TA), Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en La Paz, Oruro, Potosí, Cochabamba, Chuquisaca, Tarija y Santa Cruz; así como del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en Chuquisaca, La Paz, Oruro y Potosí.
El TSE presentó una solicitud de enmienda, complementación y aclaración al fallo que paraliza de manera parcial las elecciones judiciales. Este miércoles, a través del Auto Constitucional 0084/2024-ECA, el TCP declaró “no ha lugar” a la solicitud del Órgano Electoral.
“La determinación es asumida porque pese a los compromisos adoptados no se han garantizado las condiciones necesarias para llevar adelante el proceso de manera integral”, señala parte del pronunciamiento del TSE ante el Auto Constitucional 0084/2024-SA.
Respaldo
El lunes, a convocatoria del TSE se realizó el Segundo Encuentro Multipartidario e Interinstitucional por la Democracia en el que los representantes de los órganos Ejecutivos y Legislativo, además de los líderes y delgados de las organizaciones políticas respaldaron el trabajo del Órgano Electoral para la continuidad del proceso electoral judicial, pese al fallo que paralizaba las elecciones de manera parcial.
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El jueves se conoció la Sentencia Constitucional 0770/2024-S4 que declaró desiertas las elecciones para el TSJ en los departamentos de Beni y Pando y para el TCP en los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija.
El fallo también dispone “la inaplicación del art. 37.II de la Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2024 (Ley 1549 de 6 febrero de 2024), por ser manifiestamente contrario a las normas constitucionales mencionadas”.
El TSE denunció también que la Asamblea Legislativa no emitió de manera inmediata un pronunciamiento que rechace la Sentencia Constitucional 0770/2024 expuesta por los magistrados que están cuestionados, tal como se estableció en el punto 6 del documento.
El punto 6 de la Segunda Declaración por la democracia, estable el requerimiento a la Asamblea Legislativa de la emisión de un pronunciamiento inmediato “rechazando la Sentencia Constitucional 0770/2024”.
Además, en el punto 7, se determinó considerar la modificación de la Ley 044, incluyendo en sus disposiciones a los vocales del TSE por las responsabilidades que lleva adelante con el proceso electoral.
“Ni se ha aprobado una ley que proteja a las autoridades electorales de ser procesadas penalmente por sus acciones en el ejercicio de sus funciones electorales, por el contario algunos han manifestado que se debe acatar el fallo”, indicó el TSE.
Incertidumbre
El TSE también señaló que el demandante solicitó que se “no se realicen” desembolsos económicos para la continuidad del proceso y que “algunos” representantes del Órgano Ejecutivo emitieron declaraciones alentando el cumplimiento de esa sentencia, el cual “genera incertidumbre de contar con los recursos económicos para dar continuidad a este proceso de menear integral como lo hemos definido hasta ahora, quedando prácticamente solos en nuestra postura”.
“No obstante, como órgano del Estado independiente ratificamos nuestro compromiso con la democracia y con la realización de elecciones trasparentes y técnicamente confiables”.