Medio: ABI
Fecha de la publicación: miércoles 13 de noviembre de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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Sucre, 13 de noviembre de 2024 (ABI). – El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), mediante un Auto Constitucional 0084/2024-ECA, ratificó la suspensión parcial de las Elecciones Judiciales en cinco departamentos e instruyó la continuidad de los comicios en otras regiones del país.
“Disponiéndose la prosecución del proceso electoral para el Consejo de la Magistratura, Tribunal Agroambiental, Tribunal Supremo de Justicia en los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí, Cochabamba, Chuquisaca, Tarija y Santa Cruz; así como, del Tribunal Constitucional Plurinacional en los departamentos de Chuquisaca, La Paz, Oruro y Potosí, en el marco de los fundamentos expuestos en la SCP 0770/2024-54”, señala parte del Auto Constitucional emitido este miércoles.
La Sala Cuarta Especializada del TCP respondió a la solicitud de enmienda, complementación y aclaración presentada por el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Oscar Hassenteufel, en relación a la sentencia SCP 0770/2024-S4.
Es decir, el Auto Constitucional ratifica la suspensión de las elecciones de magistrados al TSJ para Beni y Pando; asimismo la elección de magistrados para el TCP en Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija.
El TCP remarcó que la decisión fue tomada acorde a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el artículo 13.1 del Código de Procedimiento Constitucional.
Asimismo, señala que, accediendo a una solicitud de enmienda presentada por el TSE sobre el penúltimo párrafo de la página 61 de la SCP 0770/2024-S4 del 4 de noviembre, se modifica el texto para que se lea: “(...) tal como se exige en el art. 37.I de la Ley 1549, con la salvedad señalada previamente(...)”, detalla el fallo constitucional firmado por los magistrados René Espada y Gonzalo Hurtado.
El TCP determinó"no ha lugar" para las solicitudes adicionales de aclaración y complementación formuladas tanto por Oscar Abel Hassenteufel Salazar como por Omar Morales Delgadillo, señalando que los fundamentos legales ya están establecidos en la resolución.