Medio: LA PRENSA
Fecha de la publicación: jueves 08 de agosto de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Referendos
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Ante una serie de reacciones de esferas políticas y asambleístas nacionales sobre el referéndum, planteado por el presidente Luis Arce, el ministro de Justicia, Iván Lima Magne, adelantó que posiblemente no se requiera aprobar un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y que es posible convocarlo por decreto supremo.
“El Presidente puede convocar a referendo bajo las reglas actuales y mediante un decreto supremo, pero queremos cualificar, mejorar el proceso y si la Asamblea Legislativa quiere participar, está invitada. Si no quiere ser parte de la mesa, no los vamos a necesitar”, afirmó la autoridad ayer en conferencia de prensa.
El artículo 16 de la Ley 026 establece que la iniciativa para referendo nacional puede ser adoptada “por la Presidenta
o el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante un decreto supremo”. Además, el artículo 15 ordena que “las decisiones adoptadas mediante referendo tienen vigencia inmediata y obligatoria, y son de carácter vinculante Las autoridades e instancias competentes son responsables de su oportuna aplicación”.
Lima Magne agregó que la fecha propuesta para el referéndum es el mismo día de la elección judicial, además refirió
que las preguntas no están todavía definidas. Por otra parte, informó que se consultó el Tribunal Constitucional la posibilidad de revisar el procedimiento para el referéndum.