Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: jueves 22 de agosto de 2024
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Antes de consolidar su legalidad, las cuatro preguntas propuestas ayer (ver infografía) por el presidente Luis Arce para el referéndum deben pasar por dos importantes filtros. El primero es la revisión técnica por parte de Tribunal Supremo Electoral (TSE), que tiene tres días para emitir una respuesta, y el segundo es el control de constitucionalidad por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), proceso al que la ley da un plazo de 15 días.
Sin embargo, el Gobierno a través del ministro de Justicia, Iván Lima, pidió al TSE y al TCP que el “plazo fatal” para la revisión de preguntas que se incluirán en el referéndum fenece el 31 de agosto, es decir, en 10 días.
“Este trámite tiene que ser terminado antes del 31 de agosto. No podemos excedernos de ese plazo. La fecha fatal que tenemos para que el TSE y el TCP emitan la sentencia es la próxima semana. El próximo sábado, este procedimiento debe haber quedado concluido, porque la ley señala que este trámite previo debe concluir 90 días antes del día en el que se va a realizar el referéndum”, aseguró Lima, según un reporte de Oxígeno.bo.
Una vez conocidas las preguntas de Arce sobre la suerte de la subvención a los hidrocarburos, escaños y la reelección discontinua, el rechazo de parte la oposición, el evismo y varios analistas a las preguntas planteadas por el Presidente fue inmediato y las calificaron de inconstitucionales, que constituyen una medida distractiva del Ejecutivo para ocultar la crisis, de “medida política desesperada” y “gran engaño”, entre otras.
Defensa
En tanto, desde el Gobierno defendieron la propuesta presidencial. “El referéndum impulsado por el Presidente no implica una reforma constitucional, sino un proceso consultivo al pueblo que podría dar paso a un proceso de ajuste constitucional en una etapa posterior”, explicó el ministro Lima.
Revisión
La revisión técnica de las preguntas estará a cargo del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), junto con la Dirección Jurídica del TSE.
El TSE tiene la facultad de presentar alternativas de redacción a las preguntas. Una vez cumplido ese trámite, las preguntas vuelven al presidente y él las debe remitir al TCP.
“El TCP emite una respuesta. Si es favorable, es decir, si las preguntas para el TCP cumplen esta característica, el presidente puede emitir el decreto de convocatoria”, indicó el vocal del TSE, Gustavo Ávila.
En cambio, si el TCP observa una de las cuatro preguntas porque no es constitucional, el Presidente no podría convocar al referéndum por esa pregunta que ha sido observada y declarada inconstitucional.
De acuerdo con la Ley 254 Código Procesal Constitucional, la comisión de admisión deberá sortear la causa de forma inmediata y, en un plazo de 15 días, el TCP deberá emitir una resolución aceptando o rechazando el control de constitucionalidad.
“Tendría que hacer algo mágico”
Según el vocal del TSE Tahuichi Tahuichi Quispe, para que la iniciativa presidencial sea en la misma fecha que las elecciones judiciales, es decir el 1 de diciembre, el Ejecutivo tendría que emitir el decreto máximo el 1 de septiembre.
“(El Gobierno) tendría que hacer algo mágico porque hay etapas, tendría que hacerlo en los siguientes 10 días, a más tardar hasta el 31 de agosto, de tal manera que el 1 estaría emitiendo la convocatoria a referéndum”, dijo.