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Medio: VISION 360
Fecha de la publicación: viernes 23 de agosto de 2024
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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La propuesta de realizar un referendo para modificar la distribución de escaños en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) fue descartada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), porque implica la modificación de un artículo de la Constitución Política del Estado. Con ese argumento, el ente electoral indica que esta consulta no corresponde a una iniciativa presidencial.
De acuerdo con el TSE, la pregunta 4 sobre los escaños implica la convocatoria a un referendo vía iniciativa popular, o bien, mediante la promulgación de una ley en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).
“No corresponde a la realización de un referendo por iniciativa presidencial”, de acuerdo con una carta del Tribunal Supremo Electoral, dirigida al presidente Luis Arce. El documento fue enviado este viernes.
“Con relación a la pregunta 4, se advierte que como se encuentra redactada la pregunta, no corresponde la realización de un referendo por iniciativa presidencial, sino un Referendo Constitucional Aprobatorio convocado por iniciativa popular o por Asamblea Legislativa”, indica la carta.
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El 6 de agosto, Arce planteó realizar un referendo para definir tres temas: la subvención de carburantes; la redistribución de escaños en Diputados y la reelección continua o discontinua.
El miércoles, el presidente Arce remitió al TSE las cuatro preguntas del referendo que plantea, para que el organismo electoral realice la respectiva evaluación técnica.
A través de una carta, el presidente Arce señaló que envía las preguntas para la evaluación técnica del organismo electoral. “Con ese propósito, en cumplimiento de la formalidad prevista en el inciso a) del parágrafo II del artículo 18 de la Ley N° 026, remito a usted, para la evaluación técnica del Órgano que preside, las preguntas que se pondrán en consideración en el referendo nacional”, expresó el primer mandatario.
Este viernes, el vicepresidente del TSE, Francisco Vargas, explicó, con relación a las preguntas 1 y 4, que éstas implican una reforma parcial a la Constitución Política del Estado (CPE) para lo cual, las vías para convocar a referendo en este sentido son a través de una iniciativa popular o la Asamblea Legislativa.
Sobre las preguntas 2 y 3, Vargas comentó que estas directamente no cumplen con los criterios de claridad, precisión e imparcialidad.
"Plazo fatal"
El vocal Tahuichi Tahuichi advirtió en un breve contacto con la prensa, que las preguntas pueden ser reenviadas al organismo electoral hasta el 1 de septiembre; de lo contrario, el TSE no podrá cumplir con el plazo mínimo establecido de 90 días para efectuar un plebiscito.
“Tenemos 90 días mínimo para hacer un referendo, por eso tenemos este plazo fatal del 1 de septiembre”, indicó el vocal del TSE.
De acuerdo con la propuesta de Arce, el referendo deberá ser realizado el mismo día que las Elecciones Judiciales, es decir, el 1 de diciembre. Por lo que el plazo fatal para la entrega de las preguntas será el 1 de septiembre.