Medio: ÉXITO NOTICIAS - DIGITAL
Fecha de la publicación: jueves 17 de octubre de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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La Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), mediante un comunicado lamentó que las Salas Constitucionales de Pando y Beni, a través de dos acciones de Amparo Constitucional, actúen más allá del ordenamiento constitucional y legal que rige sus atribuciones y funciones, disponiendo medidas que afectan en sus decisiones a terceros que no fueron citados en esas acciones de defensa.
Además la ALP cuestionó que ambas salas constitucionales “se atribuyan funciones de control normativo que no les competen, al haber dispuesto la “inaplicación del Artículo 37, parágrafo II de la Ley No 1549”, ley transitoria para las elecciones judiciales 2024.
Frente a esta situación, la Presidencia ALP realizó las representaciones correspondientes ante la Sala Constitucional de Pando y solicitó al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que revise de manera urgente los fallos emitidos. Se espera que las decisiones que se asuman se ajusten plenamente a la Constitución Política del Estado, respetando el marco normativo vigente.
Asimismo, la Presidencia de la ALP recordó que los fallos o sentencias no pueden ser aplicados de manera retroactiva y mucho menos desconocer el principio de preclusión de las etapas de preselección y elección que comprende la Convocatoria para elegir autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, conforme lo establece la Ley Nº 1549, Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2024.
Finalmente la Asamblea exhortó al Órgano Electoral a proseguir con el proceso de elección de autoridades judiciales en curso, observando los derechos del pueblo boliviano.