Medio: La Razón
Fecha de la publicación: viernes 24 de agosto de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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La Cámara Baja inició cerca de las 18.00 el debate del proyecto normativo, que fue aprobado por la Comisión de Constitución. El texto generó debate entre oficialistas y opositores. La bancada del MAS asegura que la futura ley abrirá escenarios de mayor participación democrática en las organizaciones políticas y, en contraposición, los opositores sostienen que la normativa tiene el objetivo de darle un instrumento legal a la candidatura de Evo Morales.
“Por supuesto que esta Cámara y esta Presidencia están con la mayor apertura a que el Órgano Electoral pueda hacer conocer qué plazos razonables plantearía”, anunció Montaño.
Horas antes, el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) emitió un comunicado respecto al proyecto de Ley de Organizaciones Políticas. Observó que algunas disposiciones operativas y plazos establecidos en el artículo 29 del proyecto de ley, referido a las elecciones primarias de los binomios presidenciales, “inviabilizarían técnicamente la organización y administración de elecciones primarias en la gestión 2019, por lo que debieran ser ajustados o derivados a reglamentación especial a ser elaborada por el Tribunal Supremo Electoral”.
Al respecto, la diputada Susana Rivero (MAS) afirmó que la posición de las autoridades electorales es “razonable” y que el TSE tendrá la posibilidad de reglamentar. “Lo que ellos (OEP) están pidiendo es un reglamento, lo cual es natural como en cualquier ley. El comunicado que lanzaron dice: plazos que sean operativamente viables y piden un reglamento”.
El proyecto que envió el OEP a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) señala que “La disposición que rige la elección de candidaturas del binomio presidencial se implementará de manera progresiva como máximo antes de las elecciones generales de 2024”.
Gabriela Montaño adelantó que en el debate en detalle del mencionado proyecto de ley se discutirá si técnicamente son o no viables los plazos establecidos en el Articulo 29° y las disposiciones transitorias, para ver la posibilidad de que puedan ser ajustados. (24/08/2018)