Medio: El Periódico
Fecha de la publicación: miércoles 25 de septiembre de 2024
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) inició la campaña de depuración de fallecidos del padrón electoral, de acuerdo a ley debe darse parte del deceso de alguna persona, en un plazo, sin embargo, muchos no cumplen.
“Rumbo a las elecciones judiciales, estamos viendo, lo que es en este momento la depuración de fallecidos con una declaración jurada de los familiares”, informó la directora del Servicio de Registro Cívico (Sereci) Jaczmín López Guzmán.
Como se explicó, hasta el cuarto grado de consanguineidad y tercero de afinidad, explicó al instar a la población que tiene algún familiar fallecido posterior a la última elección, y que sigue en el padrón, pasar por la oficina del Sereci.
De esa manera efectuar la verificación, está también el formulario de declaración jurada gratuito habilitado para ser llenado cumpliendo algunos requisitos como la presentación del carnet de identidad que haya dejado el fallecido, explicó.
Presentar la declaración jurada con el carnet de identidad del extinto para que la información sea procesada y ver si corresponde ser depurado del padrón electoral, agregó al informar que en algunos se confirma que el fallecido ya está depurado. “Por qué está pasando esto, puede ser que el sistema lo esté actualizando, no debe olvidarse que está en curso un proceso de depuración y de conformación del padrón que está actualizándose permanentemente con los nuevos empadronados”, siguió.
El Sereci también tiene la depuración primaria, con el cruce de información con los certificados de defunción, acotó al añadir que la depuración con la declaración jurada es parte del procedimiento y que la población pueda verificar la depuración.
La depuración mediante la declaración jurada es manual independientemente del que se tiene con el registro civil, expresó al reiterar que mucha gente no informa del deceso de su pariente en el plazo de 24 horas como indica la ley.
Hay diferentes casos, como el deceso en el exterior, entonces es el pariente quien tiene que venir a depurar, continuó.
EL APUNTE
Error procedimental
Respecto la anulación de obrados en el caso del candidato para la elección judicial, Marco Miranda, el Vocal supremo, Gustavo Ávila Mercado, informó que se dio esa resolución porque se vio que hay un error procedimental en el fallo de primera instancia.
En consecuencia, la primera instancia, el Tribunal Electoral Departamental (TED) debe subsanar ese error procedimental y volver a fallar, ese falló debe pasar en revisión a la instancia superior, el TSE, cuya resolución será inapelable.
Entre tanto el candidato denunciando, sigue en carrera.



