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Medio: UNITEL
Fecha de la publicación: jueves 26 de septiembre de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un informe en el que se declara inadmisible una demanda presentada contra el Estado Plurinacional de Bolivia por la repostulación de Evo Morales en 2019 al considerar que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió una sentencia en 2023 en la que rectifica su posición de autorizar la reelección indefinida y en la actualidad impide el ejercicio de un tercer mandato presidencial.
“En el curso del trámite del presente asunto ante la CIDH, el Estado sostuvo que ya no subsisten los motivos que dieron origen a estas peticiones, toda vez que el Tribunal Constitucional Plurinacional revirtió su jurisprudencia en el sentido de reconocer como válida la prohibición de la reelección indefinida, contenida en el artículo 168 de la Constitución”, señala el punto 31 del informe de la CIDH, al que tuvo acceso UNITEL este jueves.
Además, la Comisión advierte que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió un dictamen, a través de una Opinión Consultiva, en el que se concluyó que “la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana, ni por el corpus iuris del Derecho Internacional de los Derechos Humanos”.
La CIDH señala que a raíz de lo que señaló Corte IDH, el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia revisó su posición sobre el derecho a la reelección indefinida, y mediante la Sentencia Constitucional 1010/2023 el 28 de diciembre de 2023 se resolvió que el presidente y vicepresidente pueden ser reelectos “por una sola vez de manera continua, lo que significa, tal como se señaló precedentemente, que el ejercicio de dicho cargo puede extenderse a otro periodo similar de manera continua, no siendo posible pretender posterior a ello, volver a candidatear y menos ejercer dichas funciones por un tercer periodo”.
Dentro del alegato presentado por Waldo Albarracín “y otros” se señalaba la responsabilidad internacional del Estado por la emisión de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0084/2017 del 28 de noviembre del 2017, que consideran dejó sin efecto los resultados del referendo al desconocer la victoria del “No” a la reforma constitucional que permitiría una segunda reelección consecutiva.
Este informe fue emitido el pasado 30 de agosto de 2024, y fue firmado por Carlos Bernal Pulido, Primer Vicepresidente; José Luis Caballero Ochoa, Segundo Vicepresidente; Edgar Stuardo Ralón Orellana y Andrea Pochak, Miembros de la Comisión. Ordenando que los peticionantes y el Estado demandando sean notificados.