Medio: Nuevo Sur
Fecha de la publicación: viernes 24 de agosto de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El proyecto fue propuesto por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) y busca cambios en la construcción democrática de Bolivia al tener el objetivo de institucionalizar los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas, transparentando el manejo de sus recursos.
El documento establece en su artículo 29 la obligatoriedad para los partidos políticos o alianzas de realizar elecciones primarias bajo la administración del Tribunal Supremo Electoral (TSE), con el objeto de que los militantes elijan a sus candidatos a presidente y vicepresidente.
Luego de casi ocho horas de debate, el proyecto de ley fue aprobado en grande y el pleno de la Cámara de Diputados declaró cuarto intermedio hasta las 9:30 de hoy para continuar el tratamiento en detalle.
La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, explicó anoche que, según el proyecto aprobado por la Comisión de Constitución, las primarias se realizarían el último domingo de enero de 2019. Hasta diciembre, los partidos o alianzas podrían presentar sus candidatos. La Convocatoria a elecciones generales saldría en julio y los comicios presidenciales se realizarían a finales del mes de octubre.
La participación de los partidos en las primarias es obligatoria, caso contrario, no podrían participar en las elecciones generales. Hasta el cierre de esta edición (11:30), la Cámara de Diputados seguía debatiendo el proyecto de ley.
Los partidos políticos y las alianzas podrán inscribir uno o más binomios para la elección primaria hasta sesenta días antes del proceso. El TSE registrará las candidaturas habilitadas y publicará la nómina de las mismas.
Están habilitados para participar en la elección primaria todas las y los militantes de los partidos políticos y de las alianzas que estén registrados en el padrón de la organización política a la que pertenecen.
Los resultados de la elección de candidaturas del binomio presidencial serán vinculantes y de cumplimiento obligatorio para los partidos políticos en el marco de las elecciones generales.
La Sentencia Constitucional 084 del TCP resolvió habilitar a todos los ciudadanos a la repostulación indefinida, incluído el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera, a pesar de que la población, en el referendo constitucional del 21 de febrero de 2016 (21F), negó esa posibilidad al votar por el No en su mayoría.
Este hecho fue duramente criticado por la ciudadanía y hay al menos 10 peticiones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra el Gobierno.
Entre tanto, las plataformas ciudadanas continúan con sus movilizaciones en demanda del respeto al referendo del 21F.