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Medio: ANF
Fecha de la publicación: domingo 25 de agosto de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Referendos
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El diputado de Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Alarcón, aseguró que
parágrafo II del artículo 182 de la Constitución Política del Estado (CPE)
prohíbe realizar otra votación simultánea el día de las elecciones judiciales.
El legislador oficialista del Movimiento Al Socialismo (MAS) Juan José Jáuregui
sostuvo que su colega no está realizando una interpretación sistemática de la
Constitución y dijo que el referéndum está garantizado.
El jefe de Estado, Luis Arce, anunció el 6 de agosto que convocará a un
referéndum para definir la eliminación de la subvención a los carburantes; el
incremento de escaños en Diputados; y esclarecer la reelección de jefes de
Estado de forma continua o discontinua. Dijo que, para ahorrar dinero, la
consulta se realizará el mismo día que las elecciones judiciales.
El artículo citado por Alarcón indica en el parágrafo I que los magistrados del
Tribunal Supremo de Justicia serán elegidos mediante sufragio universal;
seguidamente, en su parágrafo II establece que: “La Asamblea Legislativa
Plurinacional efectuará por dos tercios de sus miembros presentes la
preselección de las postulantes y los postulantes por cada departamento y
remitirá al órgano electoral la nómina de los precalificados para que éste
proceda a la organización, única y exclusiva, del proceso electoral”.
“¿Por qué lo exige esto la Constitución?, porque las elecciones
judiciales no son de naturaleza política, la Constitución no quiere que las
elecciones judiciales se contaminen de otro tipo de elecciones políticas, ya
sea para un referéndum o para elegir a candidatos políticos nacionales o
subnacionales. Para evitar esa contaminación de las elecciones judiciales que
no son políticas, prohíbe que se realicen de manera simultánea con otros
procesos electorales”, argumentó el diputado de CC en contacto con la ANF.