- La Razón - Claure compartirá desde este jueves resultados de encuesta sobre intención de voto en Bolivia
- La Razón - Reyes Villa presentará este jueves al TSE las firmas recolectadas para la conformación de su partido
- La Razón - Arce dice que, a más de un año, las organizaciones sociales lograron recuperar el MAS
- Oxígeno Digital - Patzi afirma que el MTS lo eligió como candidato a la presidencia, pero no descarta aliarse con Andrónico
- Oxígeno Digital - Tras perder al MAS, Evo dice que el tema de la sigla es “secundario” y sus abogados anuncian impugnaciones
- ERBOL - Oficial: Resolución del TSE reconoce a ala ‘arcista’ como directiva del MAS
- PANAMERICANA 96.1 - Conade, demanda suspender los comicios para la elección de nuevas autoridades de justicia y la renuncia de los vocales del TSE
- El Diario - Elecciones y bicentenario Severo Cruz Selaez
- El Diario - TSE cumple sentencia y reconoce a García como presidente del MAS
- El Diario - Demandan suspender judiciales y renuncia de vocales del TSE
Medio: BRÚJULA DIGITAL
Fecha de la publicación: viernes 23 de agosto de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Referendos
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
El ministro de Justicia, Iván Lima, declaró este viernes a Brújula Digital que la respuesta del Tribunal Supremo Electoral sobre las preguntas del referéndum implican que fueron aceptadas las 1, 2 y 3 y que rechazó de manera definitiva la No 4.
La pregunta 1 se refiere a la reelección de Evo Morales y las 2 y 3 al subsidio del diésel y la gasolina. La 4 pretendía realizar una reforma constitucional que aumenta el número de escaños de la Cámara de Diputados y por ello fue rechazada.
El TSE solo respondió que la pregunta 4 es inviable y, para los otros casos hizo solamente “recomendaciones”.
“La respuesta técnica entregada por el TSE establece que se han aceptado las preguntas 1 a 3 del referéndum, pero que deben hacerse ajustes de precisión. La pregunta 4 ha sido descartada y el Gobierno no la volverá a presentar”, dijo Lima a Brújula Digital.
El ministro agregó que el lunes 26 el Gobierno enviará las preguntas al Tribunal Constitucional ya que la ley, dijo, no prevé que se las vuelva a enviar al TSE.
Lima explicó que, en caso de ganar la opción No en la pregunta 1, no habrá reforma constitucional, y se ratificaría que un presidente solo puede gobernar dos veces, lo que impediría que Evo Morales vuelva a candidatear en el futuro. Si ganara la opción Sí, dijo Lima, se requeriría una reforma constitucional posterior para que un presidente pueda postular más de dos veces.
La pregunta, dijo Lima, será ajustada en ese sentido.
Las preguntas 2 y 3, sobre el subsidio a los combustibles, también se adecuarán “para fines de claridad, precisión e imparcialidad” agregó Lima “siguiendo las indicaciones del TSE”.
La número 4, sobre número de escaños, no se presentará al Tribunal Constitucional, explicó, porque efectivamente implica una reforma constitucional. Con ello, será el Legislativo, en base a los resultados del censo 2024 y de una propuesta del TSE, el ente encargado de realizar esos ajustes.
La pregunta 1 es la de mayor significación política ya que podría poner fin a la carrera de Evo Morales. Cualquiera sea el resultado de la pregunta, Morales quedaría inhabilitado: si gana el No, entones no puede postular, porque la respuesta implicaría que los bolivianos “no” desean que haya una reforma constitucional para permitir más de dos mandatos. Y si la respuesta es Si, implica que los bolivianos desean que se produzca una reforma constitucional que sí la permita, pero ello quedará para un futuro remoto e incierto.
No se sabe cuáles serán las medidas que el evismo tome para intentar evitar que el referéndum se produzca. Considerando encuestas recientes, lo más probable es que el voto mayoritario sea para impedir un tercer mandato de Morales. El expresidente tiene un 70% de rechazo, dicen algunas encuestas.
Estas fueron las preguntas enviadas al TSE y las observaciones de la sala plena:
Pregunta 1: ¿Está usted de acuerdo en que la reelección establecida constitucionalmente por una sola vez de manera continua del Presidente y Vicepresidente del Estado sea ampliada para incorporar la reelección de manera discontinua, lo cual implicaría modificar la Constitución Política del Estado? / Respuesta: SÍ - NO
Observaciones: Esta pregunta cumple solo con el criterio de imparcialidad, pero no con los criterios de claridad y precisión. Además, dado que la pregunta plantea un posible cambio en la Constitución, debe especificarse que dicho cambio está sujeto a un referendo constitucional aprobatorio, conforme al parágrafo 11 del artículo 411 de la Constitución Política del Estado.
Pregunta 2: ¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención a la gasolina especial, como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para las bolivianas y bolivianos, y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles? / Respuesta: SÍ - NO
Pregunta 3: ¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención al diésel, como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para las bolivianas y bolivianos, y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles? / Respuesta: SÍ - NO
Observaciones a Preguntas 2 y 3: Ambas preguntas no cumplen con los criterios de claridad, precisión e imparcialidad. Se recomienda una nueva redacción que aborde las observaciones derivadas del análisis técnico de estos criterios.
Pregunta 4: ¿Está usted de acuerdo con modificar el artículo 146 Numeral I de la Constitución Política del Estado para incrementar el número de 130 diputados, de manera que ningún departamento pierda su actual representación y los departamentos con mayor población reciban un mayor número de diputados en función al resultado del Censo de Población y Vivienda 2024? / Respuesta: SÍ - NO
Observaciones: La pregunta, tal como está redactada, no corresponde a un referendo por iniciativa presidencial, sino que debería ser un referendo constitucional aprobatorio convocado por iniciativa popular o mediante una ley aprobada por 2/3 de la Asamblea Legislativa Plurinacional.