Medio: BRÚJULA DIGITAL
Fecha de la publicación: viernes 16 de agosto de 2024
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Escaños
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La Ley 421 de distribución de escaños entre departamentos de 2013 fue redactada por la Asamblea Legislativa y no por el Órgano lectoral Plurinacional, fue objeto de negociación política y no fue la expresión real del crecimiento o decrecimiento poblacional; sin embargo, el Tribunal Supremo Electoral, al momento de delimitar las circunscripciones uninominales, generó un desequilibrio entre la representación política uninominal rural y urbana, aspecto que ahora debe ser subsanado.
Antes de explicar los cambios cuantitativos que se darán con la nueva distribución de escaños parlamentarios, es vital señalar que la distribución cualitativa es la fundamental y ella hace referencia a la representación política del ciudadano, allí donde radica.
La esencia del derecho político es poder elegir y ser elegido. Bajo este principio, si el ciudadano cambia de residencia y se establece en otro lugar distinto a donde ha nacido, en ese espacio político debe contar con la representación política de su confianza, y si es electo, deberá honrar a sus electores. Por lo tanto, está fuera de consideración cualitativa, principista y política el argumentar en contra del dato censal como fuente del cual emana la composición parlamentaria. En consecuencia, fuera de lugar el argumento que habla que la “región” o el “departamento” es el que gana o pierde diputados, porque esos espacios territoriales no son sujetos electorales. Tampoco está demostrado en Bolivia que la composición cuantitativa de las bancadas parlamentarias departamentales son un factor de eficiente legislación.
Entremos al tema de la reasignación de escaños parlamentarios entre departamentos. Según las proyección poblacionales realizadas por el Instituto Nacional de Estadísticas INE y que tendrán una variación pequeña respecto a los datos del Censo de población y vivienda 2024, es probable que el departamento de La Paz (en otro espacio expondré sobre el caso de los otros departamentos) incremente de 14 a 16 diputados uninominales. ¿De dónde saldrán los nuevos escaños parlamentarios?
Creo estar en condiciones de responder con convicción la pregunta anterior. Los nuevos escaños parlamentarios tendrán dos orígenes: en primer lugar, otras poblaciones asentadas en departamentos tendrán mayor o menor cantidad de representantes y en segundo lugar habrá una reasignación de escaños uninominales rurales hacia los escaños uninominales urbanos.
Son 14 diputados uninominales en el Departamento de La Paz. De ellos, seis diputados uninominales son rurales correspondientes a las circunscripciones 14 (Laja Pucarani, Batallas); 15 (Ixiamas, Charazani, Apolo, Achacachi), 16 (Sorata, Caranavi, Alto Beni), 17 (Sud Yungas), 18 (Aroma, Palca, Mecapaca), 19 (Corocoro, Viacha). El Alto tiene cuatro diputados uninominales urbanos correspondientes a las circunscripciones de la 10 a la 13. La ciudad de La Paz tiene cuatro diputados uninominales (tres urbans y una mixta) correspondientes a las circunscripciones 7, 8, 9 y 6 (mixta, urbana y rural).
Con el Censo 2024, se estima que La Paz deberá tener 16 diputados uninominales que representen políticamente a la población distribuidos de la siguiente manera: El Alto seis diputados, la ciudad de La Paz cinco y las áreas rurales cinco diputados. Eso significa que El Alto tendrá dos diputados uninominales urbanos adicionales, La Paz un diputado uninominal urbano adicional y el área rural tendrá cinco diputados uninominales rurales, es decir, uno menos que en la actualidad.
Entonces se cumplirá la regla de oro que sostengo y habrá una migración de diputados del ámbito uninominal rural al uninominal urbano y, luego, entre departamentos.
En la actualidad y merced al trabajo político y no técnico del Tribunal Supremo Electoral se definió la distribución de circunscripciones dentro de los departamentos sin respetar la proporción poblacional urbana y rural. El TSE hizo un “volteo” de la representación política expresada en los datos del Censo del 2012, dando al sector rural un 57% de escaños pese a tener una presencia poblacional de tan solo el 32,5%.
Esto significó el diseño de 33 diputados uninominales rurales frente a 20 diputados uninominales urbanos y 10 diputados con representación mixta (urbana y rural). La consecuencia política en las elecciones generales de 2014 y 2020 fue la victoria contundente del MAS en las áreas rurales; así, en las elecciones de 2020 el MAS gano en el 91% de los escaños en disputa es decir 31 de los 33 diputados uninominales rurales. Al final, esta forma de distribución que viola la representación política le posibilitó al MAS llegar a la Asamblea Legislativa con una sobrerrepresentación parlamentaria, con el 58% de diputados y senadores electos cuando su votación fue del 55%.
Estamos a tiempo para que el TSE trabaje técnicamente en base a los datos del Censo 2024 de manera de garantizar la representación política cualitativa fundada en el derecho de elegir o ser electo.