Medio: La Razón
Fecha de la publicación: viernes 09 de agosto de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Referendos
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Tropezar nuevamente
Lo que el 6 de agosto pudo parecer una interesante novedad política que abría nuevas cartas para ir buscando soluciones para algunos de los problemas económicos y políticos que están sobre la mesa en nuestro país, incluyendo en ellas la variable de la voluntad popular, en pocas horas, detalles sobre lo propuesto mediante, ha empezado a tornarse en un escenario que de realizarse bajo las hipótesis que se han planteado las últimas horas, puede resultar muy riesgoso para la salud de la democracia.
Es cierto que sin tener a mano las tres preguntas propuestas para llevar adelante esta consulta anunciada por el Presidente del Estado Plurinacional, solo queda anticiparse en el marco de la especulación con base en las novedades del 7 de agosto que complementan la propuesta del día anterior y que dan a entender que lo anunciado involucraría la reforma parcial de la Constitución Política del Estado (CPE).
Vamos por partes. Es cierto que el Presidente tiene la potestad de convocar vía decreto supremo, es decir por iniciativa presidencial, a un referéndum en el que se decida sobre “normas, políticas o asuntos de interés público” (así lo establece la Ley 026), y hasta ahí es todo claro; se trata de una previsión establecida para que la máxima autoridad del país pueda echar mano de un mecanismo de democracia directa y participativa para gobernar de mejor manera: involucra la buena fe y la ampliación de la democracia.
El matiz, nada menor, en este caso puntual, es que los anuncios oficiales del Gobierno dan a entender que lo que se quiere someter a consulta involucra reformas parciales a algunos artículos de la CPE. En cuyo caso —también lo establece la CPE precisamente en su propio resguardo—, las vías para convocarlo solo incluyen hacerlo vía Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) o vía iniciativa popular (solicitud expresa de al menos 20% del electorado). Y la razón para la existencia de esta previsión tiene que ver precisamente con resguardar el texto constitucional ante decisiones unilaterales y/o coyunturales.
Al no tener el Presidente la competencia para convocar a un referéndum de modificación parcial de la CPE y puesta sobre la mesa la posibilidad de que sea el cuestionado Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) el que “genere” esa posibilidad, habiéndose conocido la presentación de un auto constitucional por un diputado en julio y el involucramiento en esta solicitud del presidente de la ALP, mediante una respuesta que ya fue enviada antes del anuncio del 6 de agosto, es que hay razones suficientes para (man)tener las luces de alerta encendidas en procura de que cualquier convocatoria se la haga únicamente en el marco de lo claramente establecido en la CPE, ni más allá ni más acá.
Son varias las reacciones a la propuesta informada el 6 de agosto que han optado rápidamente por defenestrar, por razones varias, una de las pocas iniciativas políticas que el Presidente ha propuesto al país durante su mandato, la mayoría de ellas parten de que esas consultas se constituyen en un innecesario traslado de responsabilidades del Ejecutivo a la población o de problemas intrapartidarios hacia el país.
Y es esperable, en el juego de la antipolítica en el que estamos sumergidos, que ninguna iniciativa sirva para nada más que para ser destruida. Pero, en el otro lado, está el verdadero riesgo de que lo postulado pueda contener a futuro efectos de distintos niveles en nuestra maltrecha institucionalidad y convivencia democrática. Cuidado, otrora ya hicieron tropezar a la democracia con esta piedra. Y ya conocemos lo que le sigue.