Medio: ABI
Fecha de la publicación: lunes 29 de julio de 2024
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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– Este miércoles vence el plazo para que los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas habiliten una cuenta bancaria en cualquier entidad financiera del país que esté regulada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), recordó el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
La Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del TSE precisó que la cuenta tiene que estar a nombre de la organización política y debe ser solidaria mancomunada para que los militantes, simpatizantes, invitados y miembros de la organización política puedan depositar todas las contribuciones y donaciones.
Para la apertura de la cuenta bancaria, los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas deben obtener previamente su Número de Identificación Tributaria (NIT) y/o modificación en el Padrón Biométrico Digital (PBD-11).
En este trámite el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) solicita la personalidad jurídica otorgada por el Órgano Electoral y Estatutos; la cédula de identidad vigente del representante legal; poder notariado que establezca las facultades del representante legal de la entidad; factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del domicilio fiscal, cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de inscripción.
Una vez obtenido el NIT, los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas deben abrir su cuenta bancaria y luego presentarla al Tribunal Supremo Electoral o al Tribunal Electoral Departamental que corresponda.