Medio: EJU TV
Fecha de la publicación: domingo 21 de julio de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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Sin embargo, la tarea realizada para el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) puede quedar a la deriva debido a que se incumple el requisito de equidad de género, pese a que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) pidió garantizar la presencia femenina e indígena en las listas de candidatos.
Según la nómina de postulantes habilitados, Cochabamba y Santa Cruz carecen de representación femenina, en tanto que Potosí, Beni y Pando tienen una postulante, cada uno.
Es necesario recordar que la CIDH resalta que es “fundamental que el proceso de preselección de candidatas y candidatos garantice el acceso igualitario e incluyente promoviendo la participación activa de mujeres e indígenas”.
En ese contexto, el abogado constitucionalista Carlos Alberto Goitia Caballero sostuvo que esta situación deja en duda este proceso de preselección porque incumple determinaciones legales.
“Para empezar, no hay quien pueda sostener que éste ha sido transparente, por el contrario, hay elementos que han contaminado en su base desde su primer momento”, dijo.
Ante la falta de representación femenina en algunos departamentos, legisladores aseguraron que las plazas podrán ser subsanadas con una aspirante de otro departamento.
El artículo 37 de la Ley 1549 refiere que “excepcionalmente, a falta de un representante indígena originario campesino o en caso de que no se llegue a la equidad de género, se habilitará a la o el postulante que tenga la siguiente mejor calificación que sea indígena originario campesino o mujer, según corresponda, del número total de postulantes a nivel nacional”.
Al respecto, Goitia Caballero manifestó que no se puede “acomodar candidatas en función a las necesidades del poder político si no se logra satisfacer los criterios mínimos de representación”.
“En todo caso, habrá sectores afectados que pueden impugnar el proceso debido a que consideran que sus derechos fueron vulnerados”, agregó Goitia.
Recordó que desde el inicio se informó de la carencia de mujeres postulantes, particularmente para el TCP, pero se decidió continuar, a pesar de lo que establece el artículo 38 de la disposición mencionada con anterioridad.
“En el caso que el número de postulantes con relación a cada Tribunal y el Consejo de la Magistratura sea insuficiente para llevar adelante una elección competitiva o para cumplir las exigencias constitucionales de género y plurinacionalidad, la Asamblea Legislativa declarará desierta la convocatoria, previo informe fundamentado de la comisión mixta correspondiente en las etapas del proceso. Esta declaración corresponderá por cada Tribunal y/o Consejo de la Magistratura de manera independiente”.
PRESELECCIONADOS
La Ley 1549, transitoria que garantiza las elecciones judiciales, establece que los postulantes deben obtener por lo menos 130 puntos sobre los 200 programados para que sean tomados en cuenta en las listas finales que serán consideradas por el pleno de la Asamblea Plurinacional.
En la primera fase de la evaluación de méritos, que fue calificada también sobre 100 puntos, una gran mayoría de los aspirantes a los diferentes cargos judiciales no obtuvieron puntuaciones adecuadas.
En su oportunidad, el diputado Jerges Mercado (MAS) afirmó que “una gran cantidad de los postulantes tiene una nota bastante baja, en los departamentos que hemos visto se ha verificado que hay una buena cantidad de postulantes que tiene baja nota”.
De acuerdo con el cronograma, definido por las comisiones mixtas, se prevé concluir con la toma de exámenes orales como máximo hasta este martes, antes de elaborar los informes respectivos y remitirlos a la presidencia de la Asamblea para ser considerados por el pleno.
Los documentos deben ser aprobados por dos tercios, en todas las instancias antes de ser remitidos al Tribunal Supremo Electoral, para lanzar la convocatoria a comicios judiciales.