Medio: El Día
Fecha de la publicación: martes 28 de noviembre de 2017
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
“Es una reposición de derechos a todos aquellas autoridades que en la actualidad ejercen funciones sean alcaldes, gobernadores, diputados u otra autoridad que sea elegida mediante el voto”, Cortez en conferencia de prensa.
El Magistrado indico que se da preferencia al artículo 26 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos sobre el artículo 256 de la Constitución Politica del Estado y otras normas que limitan el derecho de los ciudadanos a postularse a un cargo público electivo.
También declaran inconstitucionalidad del artículo 52 de la Constitución Política del Estado en la parte que indican “por una sola vez de manera continúa”.
El 18 de septiembre la bancada de diputados y senadores del Movimiento al Socialismo (MAS) presentó un una acción abstracta de inconstitucionalidad contra cinco artículos de la Ley Régimen Electoral (026) y la inaplicabilidad de cuatro artículos de la Constitución Política del Estado (CPE).
El jefe de los diputados del MAS, David Ramos, indicó: “Con este recurso de acción abstracta de inconstitucionalidad en síntesis estamos pidiendo la restitución de derechos políticos para autoridades del Órgano Ejecutivo y Territorial”.